22 de marzo 2002 - 00:00

Default: primer juicio contra la Argentina

Ayer se inició en los tribunales de Nueva York el primer juicio de un inversor contra la República Argentina por el incumplimiento en el pago de la deuda. Se trataría de una presentación de un tenedor de deuda a través de un fondo de inversión radicado en Gran Cayman, el que tenía en su portafolio bonos locales.

El dato, aportado ayer a este diario por funcionarios de Economía, indicaba que el juicio sería por 1.600.000 dólares, que obviamente no fueron abonados en tiempo y forma. Inmediatamente fueron notificados los abogados del estudio Cleary que, según señalara Lisandro Barry ayer en la Cámara de Diputados, «son los mejores especialistas en el tema de default».

Según Eugenio Bruno, del Estudio Morgan, Lewis, & Bockius LLP, en EE.UU., «la duda pasa por la duración del juicio» y explicó un escenario altamente probable: el juez de la causa le puede solicitar lo que piensa el gobierno norteamericano y si tiene intereses en la misma. Es lo que se llama «amicus curae» o «amigo de la Corte».

• Importante

Merced a este recurso, señalando que es conveniente una resolución ordenada del conflicto, puede dar un período de gracia para renegociar. Así se evita el llamado «crap race», una suerte de carrera entre los damnificados para «manotear» cualquier tipo de activos que puedan ser embargados. Pero lo más importante desde el punto de vista del gobierno argentino es que no se bloquee por este comienzo de las demandas judiciales contra la Argentina, la renegociación ordenada con acreedores y con el visto bueno del FMI.

A la luz de experiencias anteriores, sobre todo los casos de Perú y Ecuador en los últimos cinco años, no es posible el embargo de bienes del Estado. Menos aún, y ya sobre la base del derecho norteamericano, no se puede afectar tenencias de ciudadanos argentinos como sus cuentas corrientes.

Lo que sí existe, siempre que el juicio avance y se dicte sentencia, lo que puede demorar más de un año, es la posibilidad de embargos sobre desembolsos de organismos internacionales. Es lo sucedido en el caso Elliot de Perú.

¿Qué pasará con los bonos con legislación argentina como las Letras del Tesoro? Allí la desprotección alcanza un punto máximo, ya que en materia judicial es poco lo que se puede esperar. La Corte puede disponer una sentencia que preserve al Estado por «interés general» o bien el gobierno declare los activos como inembargables como si fuera un «bien de familia» de un ciudadano. La renegociación que se encarará con una importante quita del capital es el escenario seguro en este sentido.

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