Las empresas deben liquidar el Impuesto a las Ganancias tal como está dispuesto hasta hoy. Luego, se reglamentará cómo se devolverá el monto liquidado teniendo en cuenta la realidad del país, lo que probablemente sea en cuotas.” El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Héctor Rodríguez, aclaró ante Ambito Financiero la situación del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia que cobran más de 1.500 pesos mensuales y que desde los salarios de julio deberían tener una reducción en la presión del impuesto.
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Por otro lado, el coequiper de Rodríguez y titular de la Dirección General Impositiva (DGI), Roberto Sericano, confirmó, además, que si bien la posibilidad de descontar de la liquidación de Ganancias los intereses de créditos hipotecarios hasta 20.000 pesos anuales se podrá hacer este año, recién se liquidará desde marzo del próximo año, cuando las empresas hagan sus presentaciones juradas anuales.
Estas son las dos principales conclusiones a las que llegaron los dos responsables de la AFIP entre el jueves y el viernes de la semana pasada, al analizar la evolución que tendrá el Impuesto a las Ganancias luego de la aprobación del plan de ajuste por parte del Congreso Nacional.
En concreto, los contribuyentes deberán ahora atenerse a lo siguiente.
Devolución de Ganancias
* El propio titular de la AFIP afirmó que, pese a la decisión del Congreso, no habrá marcha atrás este mes en la aplicación de la rebaja de la presión en este impuesto para los trabajadores en relación de dependencia, y que las empresas deberán liquidar los salarios de julio con las rebajas, además de pagar también el monto acumulado entre enero y junio de este año. Esto quiere decir que los empleados que están alcanzados por el beneficio, podrán recibirlo en los próximos días, con lo cual recibirán el monto acumulado del descuento del período enero-junio y la rebaja del salario de julio.
* Sin embargo, este dinero deberá ser devuelto a la AFIP en lo que resta del año. Para que no haya un impacto en el salario de los trabajadores, Rodríguez aseguró que este descargo podría efectuarse en cuotas mensuales (entre 3 o 4) entre setiembre y diciembre. Esta medida debería ser reglamentada en los próximos días, para hacerse efectiva en la liquidación de los salarios de agosto que llegarán a los bolsillos de los contribuyentes en los primeros días de setiembre.
* Este descuento en la presión de Ganancias podrá hacerse efectivo desde enero del próximo año, ya que el Congreso no eliminó la medida, sino que la prorrogó hasta el ejercicio 2002.
* Los autónomos, quienes iban a poder comenzar a percibir la mejora desde el pago del segundo anticipo del período 2001 que debían liquidar en agosto, están fuera del beneficio y tendrán que esperar hasta el segundo semestre de 2002. Esto es así porque deben presentar sus declaraciones juradas del período 2001 entre abril y mayo del próximo año, y recién en junio (con el primer anticipo de 2002), podrán descontar el beneficio.
Créditos hipotecarios
*La posibilidad de descargar los intereses de créditos hipotecarios del Impuesto a las Ganancias por un monto de hasta 20.000 pesos anuales para créditos tomados desde el 1 de enero de este año se mantiene inalterable. Esta medida no fue incluida en el paquete que el gobierno envió al Congreso ni fue tratado por los diputados o senadores; con lo cual, mantiene su plena vigencia para el ejercicio 2001.
* Sin embargo, hasta ahora, la AFIP no encontró la manera legal de poder aplicar este descuento ya en las liquidaciones salariales del segundo semestre del año; con lo cual, se cumplirá el anuncio de Roberto Sericano del comienzo efectivo de la medida recién en la liquidación de las empresas del presente ejercicio fiscal que se debe realizar en marzo del próximo año. En febrero de 2002, los empleados que hayan tomado créditos hipotecarios desde enero de 2001, que hoy descargan 4.000 pesos anuales y que ahora podrán aumentar la cifra a 20.000, tendrán que presentar un formulario a sus empresas donde deben mencionar los intereses pagados durante el ejercicio que termina en diciembre de 2001, y las empresas les deberán calcular los 20.000 pesos de este año junto con los descuentos correspondientes a 2002. Esto hará que, por un año, durante 2002, los contribuyentes que están dentro de este beneficio reciban en sus bolsillos los beneficios de dos descuentos por mes.
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