6 de febrero 2004 - 00:00

Gobierno limita gasoil barato para transporte

El gobierno busca limitar la disponibilidad de gasoil a precio subsidiado a las empresas de transporte público de pasajeros, en especial los servicios internacionales y de lujo o que hayan aumentado sus tarifas, según el Decreto 159/ 04 publicado ayer en el Boletín Oficial.

El transporte automotor de pasajeros goza, desde abril de 2002, de un gasoil a precio diferenciado, medida que se adoptó con el objetivo de ayudar a los empresarios del sector a superar los efectos de la crisis económica que hizo eclosión a fines del año 2001, a cambio de mantener estable el precio de los pasajes.

El decreto, en el que además se suma a las empresas fluviales de transporte de pasajeros entre las beneficiadas con el gasoil subsidiado, destaca que la intención de limitar los beneficios responde a la necesidad de «buscar alternativas que reduzcan el aporte económico que el Estado nacional hace al transporte público de pasajeros con tarifa regulada».

•Renovación

En abril de 2002, el gobierno nacional acordó con productores y refinadoras de hidrocarburos la venta de gasoil a precio diferenciado a las empresas de transporte público de pasajeros con tarifa regulada, para evitar efectos inflacionarios.

La medida se renovó a través de la firma de sucesivos acuerdos trimestrales, estando vigente el último firmado en diciembre pasado, que se extiende hasta el 31 de marzo próximo.

A pesar del gasoil subsidiado, en el sector de micros de media y larga distancia hubo aumentos de tarifas encubiertos a través de una recategorización de los servicios.

La Secretaría de Transporte autorizó a fines de 2002 la recategorización de servicios de media y larga distancia en común, pullman, súper lujo y ejecutiva, incluyendo los internacionales, lo que permitió a esas empresas aumentar sus tarifas en las categorías más altas.

A partir del mencionado decreto, el jefe de Gabinete, Alberto Fernández, que es quien firma los acuerdos trimestrales y dispone la reducción o suspensión de cupos, podrá disponer la inclusión de las empresas de transporte fluvial regular de pasajeros, que no estaban alcanzadas como beneficiarias del combustible subsidiado.

•Informe

La norma ayer oficializada precisa que trimestralmente se elevará a jefatura un informe detallando las circunstancias que motivarán las reducciones a sectores con tarifa regulada que hayan aplicado aumentos con posterioridad a la Ley 25.561 de emergencia económica. Esas reducciones en la entrega de combustible se decidirán mensualmente y podrán inclusive corresponder supresiones definitivas del beneficio.

El jefe de Gabinete también fue facultado para acordar con productoras y refinadoras el reconocimiento de compensaciones en el suministro de gasoil a empresas de transporte fluvial regular de pasajeros con tarifa regulada, hasta ahora excluidas.

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