14 de enero 2005 - 00:00

Los pasos a seguir por los ahorristas para adherir a canje

A partir de hoy, los bonistas podrán acceder vía Internet al formulario que deben completar para participar del canje de deuda. No habrá un formulario único, ya que cada entidad diseñará el propio, pero los datos y las condiciones serán prácticamente los mismos. Los que ya se han decidido por aceptar el canje tendrán que presentarse personalmente en el banco o sociedad de Bolsa para completar el formulario correspondiente. Aquellos que quieran más precisiones pueden consultar telefónicamente al agente de información. Queda a criterio de las entidades cobrar o no por el procedimiento de adhesión al canje, pero la mayoría no lo hará.

Los pasos a seguir por los ahorristas para adherir a canje
Aquellos tenedores de bonos públicos en default que ya hayan decidido participar del canje de deuda ofrecido por el gobierno deberán iniciar el trámite de adhesión dirigiéndose personalmente al custodio de sus títulos, o sea, al banco o al agente de bolsa. Pero hay un tema que generará dudas entre los 10.000 bonistas que desde hoy se acercarán a los bancos: ¿ tendrán que pagar algún costo por la operación? Consultadas por este diario, varias entidades custodio manifestaron que no contemplan un costo adicional para los clientes, pero ello no implica que el custodio que quiera cobrar por el procesamiento de las órdenes pueda hacerlo, nada se lo impide.

El inversor en este caso, si considera excesivo el pago, tiene la alternativa de solicitar que el custodio le transfiera sus bonos a otro, y sólo abonar el costo de una transferencia que en general es de 3 a 5 pesos. El cargo correspondiente está establecido en el contrato de custodia.

• Respuestas

Quienes requieran más datos pueden recurrir telefónicamente al agente de información, en el caso de un inversor minorista al 0800-444-2111. Allí, los inversores encontrarán respuestas a las preguntas básicas para participar de la oferta, como por ejemplo qué es el canje, cuáles son los bonos, o cómo es el cronograma del proceso de la operación.

Este es el procedimiento que tendrán que cumplir los inversores que quieran participar del canje de deuda.

• Deberán presentarse personalmente en la sucursal del banco custodio, o en la oficina del agente bursátil, sólo con su documento de nacional de identidad, en caso de ser persona física, y además con un poder, si se trata de una persona jurídica. Si el tenedor de los bonos es una sociedad, el poder lo debe facultar o habilitar al representante para tomar la decisión de aceptar el canje.

• Allí solicitará el formulario para participar del canje de deuda, que en realidad es una carta mandato con un anexo (ver texto completo en www.ambitoweb.com). Cabe señalar que hay un formulario estándar diseñado por los bancos asesores, pero puede ocurrir que las entidades custodio tengan su propio diseño de formulario. De modo que el inversor no debe prestar atención a dichas diferencias y sólo sujetarse al de su custodio, o del que designe para la operación. El significado de la carta mandato es darle la instrucción al custodio de transferir los bonos del inversor a la Caja de Valores para el canje.

• El inversor deberá firmar la carta por la cual manifiesta conocer todas las condiciones y términos de la operación y la renuncia a iniciar acciones legales contra el Estado argentino.
En una palabra, al firmar la carta, reconoce que sabe lo que está haciendo. En el formulario, además, el inversor acepta que los bonos que presenta están libres de gravámenes, o sea, no están prendados ni embargados, lo que los hace elegibles para el canje.

• En el anexo de la carta, el inversor debe especificar cuáles bonos canjeará, qué parte de ellos, y por cuáles lo hará de los nuevos ofrecidos por el gobierno. El inversor define de esta manera si quiere canjear todos sus bonos o sólo algunos y cuáles quiere a cambio. Se trata de su oferta de canje.

• Una vez asentada la rúbricadel inversor en la carta mandato, el custodio le entregará previa verificación de la firma y de todos los datos volcados
-lo que se realizará en general en forma electrónica un comprobante o recibo de la adhesión al canje.

Al haber firmado la carta, el inversor ya no puede retirar ni la oferta ni los bonos.

El proceso continúa luego, cuando el custodio, siguiendo las instrucciones de la carta mandato de su cliente, le transfiere los bonos que el inversor desea canjear a la Caja de Valores
. Estos bonos quedan así automáticamente bloqueados. Esta operación se realiza vía un único formulario, cuyo diseño fue sí definido por los bancos asesores y el gobierno. Luego, la Caja de Valores le envía la información y los bonos a unas cuentas especiales al banco agente del canje, el Bank of New York.

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