El gobierno inauguró esta semana una nueva modalidad en las sanciones a las empresas privatizadas. El primer caso fue el Correo Argentino, pero el mecanismo de que las multas sean pagadas en forma inmediata promete repetirse ahora en los ferrocarriles, y también en los colectivos y en los aeropuertos, próximos objetos de inspecciones sobre la calidad del servicio. Otro caso inminente sería el de Telefónica de Argentina por la disminución de la cantidad de los minutos en las llamadas líneas control (es la línea por la cual se paga un precio fijo mensual que incluye el abono y una cantidad fija de minutos de comunicación).
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El criterio adoptado por el actual gobierno es que la multa aplicada por el ente regulador debe pagarse al término del proceso de intimación, imputación y descargo previsto en cada contrato de concesión. Al término de ese procedimiento, si el organismo de control impone la multa, la misma debe ser pagada en los plazos procesales (diez días hábiles), aunque la empresa haya recurrido la sanción en instancia superior.
En el caso del Correo, que no pagó la multa de 100.000 pesos por no haber retrotraído los aumentos aplicados en las cartas internacionales, la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) dispuso, el lunes, la ejecución judicial, y lo mismo haría si la concesionaria, cuyo accionista principal es el grupo Macri, no paga $ 9,6 millones con que fue sancionada por no haber mantenido adecuadamente el inmueble del Correo Central.
La falta de rapidez en la efectivización de las sanciones a las privatizadas es una de las mayores críticas formuladas a los entes reguladores, aun desde la Auditoría General de la Nación. Sin embargo, lo que ocurría en la mayoría de los casos es que las compañías iniciaban recursos de alzada en la instancia administrativa superior a los entes de control, y esos recursos generalmente no se resolvían, mientras las partes intercambiaban numerosa documentación fundamentando las posiciones iniciales.
A veces, aunque las multas quedaban firmes en instancia superior, como con los ferrocarriles, no se pagaban porque las concesionarias argumentaban que el Estado les debía dinero por otros conceptos. También hubo casos en los que ministros y secretarios de Estado dieron la razón a las empresas, y las sanciones quedaron sin efecto. Ahora, las privatizadas primero deberán pagar bajo el riesgo de la ejecución judicial de la multa, y después podrán continuar sus reclamos en sede administrativa o judicial.
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