Con la emisión de las boletas del impuesto automotor 2026 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) precisó cuáles son los vehículos que mantienen exenciones, cuáles continúan con beneficios parciales y qué casos comenzarán a tributar la patente a partir de este año. Según aclaró el organismo, no se modificaron las alícuotas, aunque sí se actualizó la tabla de valuaciones fiscales, utilizada como base para el cálculo del impuesto.
Patentes 2026: qué vehículos están exentos en CABA y cuáles empiezan a pagar
CABA actualizó las valuaciones fiscales para el cálculo del tributo y comenzó a aplicar en forma plena el esquema previsto para los autos híbridos.
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Además, en 2026 entró en vigencia efectiva una parte del régimen aprobado por la Legislatura porteña en 2024, que establece un esquema temporal de beneficios para determinadas tecnologías, especialmente para los vehículos híbridos, mientras que los eléctricos conservan la exención total.
De acuerdo con la información oficial de la AGIP, durante el ejercicio fiscal 2026 continúan exentos del impuesto automotor en la Ciudad de Buenos Aires:
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Vehículos eléctricos, con exención del 100% del tributo.
Personas con discapacidad, incluidos los vehículos destinados a servicios de transporte.
Excombatientes de Malvinas.
Vehículos con más de 25 años de antigüedad, que dejan de tributar.
Autos híbridos, bajo condiciones específicas según valuación fiscal y antigüedad.
Cambios en la aplicación del beneficio para autos híbridos
El punto que concentra la mayor cantidad de consultas está vinculado a los vehículos híbridos, ya que en 2026 se comenzó a aplicar la segunda etapa del régimen establecido por la Ley 6825/2024, sancionada en diciembre de 2024.
La normativa dispuso un primer año de exención total para determinados híbridos, beneficio que se aplicó durante 2025 a los modelos cuya valuación fiscal superaba los $60.000.000. Cumplido ese plazo, en 2026 esos vehículos comenzaron a abonar el impuesto automotor, conforme al cronograma previsto originalmente.
Desde la AGIP aclararon que no se eliminaron beneficios, sino que se está aplicando el esquema definido por la ley una vez finalizado el período de gracia. Para este ejercicio, los híbridos con valuación fiscal superior a $91.150.000 deben pagar la totalidad del impuesto luego de los primeros doce meses. Aquellos que superen ese monto durante 2026 comenzarán a tributar plenamente en 2027.
En los casos en que la valuación fiscal se ubique por debajo de ese umbral, el beneficio se extiende por más tiempo y se aplica de forma gradual, con un esquema progresivo de reducción del descuento hasta llegar al pago total del tributo.
La AGIP informó que la valuación fiscal es el único criterio utilizado para definir la continuidad de las exenciones o bonificaciones, independientemente del precio de mercado del vehículo.
Para los híbridos que en 2025 registraron una valuación fiscal inferior a $60.000.000, el régimen vigente establece el siguiente esquema:
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Primer y segundo año: exención del 100%.
Tercer año: reducción del 60%.
Cuarto año: reducción del 40%.
Quinto año: reducción del 20%.
Sexto año: pago del 100% del impuesto.
A diferencia de los híbridos, los vehículos eléctricos continúan con la exención total del impuesto automotor en la Ciudad de Buenos Aires. Desde el Gobierno porteño señalaron que este tratamiento diferencial responde a la decisión de mantener un incentivo fiscal específico para este tipo de tecnología.





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