3 de abril 2001 - 00:00

Por ahora, las privatizadas no trasladarían el impuesto

Por tratarse de un impuesto nuevo, el que grava los cheques y movimientos en cuentas corrientes, es trasladable a las tarifas de todos los servicios públicos concesionados. Esto es así porque los contratos firmados en el momento de las privatizaciones garantizan a los concesionarios la neutralidad en materia impositiva, lo que significa que cualquier cambio, ya sea por creación o eliminación de un impuesto o por la suba o baja de las alícuotas de un gravamen, debe reflejarse en las tarifas al público, en forma inmediata o con retroactividad a la vigencia del tributo.

Sin embargo, en ninguna empresa privatizada se habla del tema, por lo menos en forma pública. Hay en apariencia una coincidencia, que no habría sido buscada ni acordada sino que surgió en forma casi natural en cada compañía: éste no es el momento político para plantear el tema. Las únicas que podrían elevar el planteo a Cavallo para trasladar el impuesto a las tarifas serían Telefónica y Telecom.

Hay quienes piensan incluso en que es mejor no mover por ahora el tema de tarifas, de modo de no entrar en un enfrentamiento con el ministro Cavallo, sobre todo porque hay alguna duda sobre si los poderes especiales que tiene el Ejecutivo le permitirían suspender o eliminar la cláusula de ajuste por inflación de EE.UU. que tienen todos los contratos.

Precedentes

Por eso, la mayoría de las compañías preferiría hacer silencio y dejar pasar el impuesto a las cuentas corrientes. Esto no quiere decir que el tema se resigne para siempre. El reciente caso de Metro-Gas que pidió y logró una autorización del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) para trasladar a tarifas el impuesto a los automotores pagado en 1999 demuestra que las empresas no quieren dejar ningún precedente que altere los contratos de concesión.

Al final, la incidencia de ese impuesto sobre las tarifas de MetroGas era tan insignificante, que la empresa resolvió no aplicar el traslado, pero de hecho podría hacerlo en el futuro en coincidencia con la aplicación de otro reajuste. Y sobre todo, la empresa logró la ratificación de la estabilidad tributaria.

Según estiman algunos analistas, la incidencia del impuesto a las cuentas corrientes en la factura de gas de un usuario residencial de consumo promedio que vive en Capital Federal y Gran Buenos Aires sería de 25 centavos, lo que equivale a 0,7% de suba sobre la tarifa actual.

La situación sería semejante en el caso de las empresas eléctricas. Para los consumidores, se trataría de un impacto menor, pero para las empresas podría significar una reducción de algunos millones, se estima que entre 5 y 10 millones, en los ingresos anuales.

Si se da como un hecho que la mayoría de las privatizadas ahora no pedirá el traslado, se especula que las distribuidoras eléctricas, sucesoras de SEGBA (Edenor, Edesur y Edelap) podrían hacerlo cuando se discuta la primera revisión de las tarifas de distribución desde la privatización, lo que corresponde hacer a partir de setiembre.

El caso es más complicado en el sector gasífero. Todavía sigue frenado en la Justicia el polémico acuerdo a que había llegado el ex ministro
José Luis Machinea para suspender por dos años el ajuste por precios industriales de EE.UU., para aplicarlo al cabo de ese período en cuotas y con intereses sobre las tarifas.

Según estimaciones confiables, si la Cámara en lo Contencioso Administrativo levanta la medida cautelar dictada en primera instancia para frenar el acuerdo entre Machinea y las empresas, las distribuidoras gasíferas quedarían habilitadas para recuperar los meses en que no percibieron la suba, con un aumento de 6,5% en diez cuotas. Igualmente, en julio de 2003 se empezarían a cobrar los ajustes suspendidos, con la tasa de 8,5% anual, si es que la Justicia no declara inconstitucional el acuerdo.

Reajuste

Se sabe que por razones jurídicas, el expediente volvió en las últimas semanas a la jueza en primera instancia Clara Do Pico, por lo que la Sala V de la Cámara podría expedirse recién en mayo o junio.

Para esa época, si el fallo de la Cámara es favorable al acuerdo entre partes, a la suba de 6,5% habrá que agregarle el aumento por el precio del gas en boca de pozo, que se reajusta el 1 de mayo de cada año, al empezar la época de mayor consumo.

En ese contexto, a las empresas de gas les resultará difícil plantear el traslado del impuesto a las cuentas corrientes que abultaría todavía más las tarifas precisamente en los meses de mayor gasto para los usuarios residenciales.

En cambio, se cree que Telefónica y Telecom, cuyos ingresos y ganancias vienen decreciendo como consecuencia de la apertura, podrían empezar a gestionar ya, aunque en forma reservada, el traslado al abono del impacto del nuevo impuesto. En estas compañías ya habría estimaciones preocupantes de lo que vienen perdiendo, o mejor dicho dejando de ganar, debido a la baja en las tarifas en larga distancia, para enfrentar la competencia, e insisten con el costo de mantener el servicio en zonas no rentables.


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