En apariencia la Justicia todavía cree que en la audiencia del 28 se debatirán las alzas anteriores.
La Justicia aceptó la apelación del Gobierno a un fallo que declaró nulos los aumentos de tarifas en Edenor y Edesur dispuestos el 1 de febrero, y la medida judicial quedó en suspenso hasta que haya definición en la segunda instancia. "Salió la apelación al amparo por las tarifas de electricidad del juez subrogante de San Martín con efecto suspensivo", informó a la agencia Télam un funcionario del Poder Ejecutivo.
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El fallo había sido dictado a principios de mes por el juez Oscar Papávero a cargo del Juzgado Civil, Comercial y Contencioso N° 1 de San Martín. Según ese dictamen, las distribuidoras Edenor y Edesur no podían facturar a los usuarios de la categoría T1 (pequeña demanda inferior a 10 Kw) con los aumentos dispuestos por las resoluciones 6 y 7 del Ministerio de Energía, hasta tanto se realice la audiencia pública que ya en ese momento estaba convocada para el próximo viernes 28.
Papávero siguió en la causa que se había iniciado por el mismo tema ante la jueza Martina Forns, que posteriormente quedó apartada del caso. A diferencia de Forns, el juez no le dio alcance nacional a la medida y circunscribió el amparo a Edenor y Edesur.
El fallo ordenó al ENRE que instruya a esas empresas para que hasta tanto se fijen las nuevas tarifas cumpliendo con el procedimiento de la audiencia, "permitan a los usuarios categoría T1 y a sola petición de los mismos, abonar con efecto cancelatorio los montos adeudados y aquellos que se devenguen en el futuro, de acuerdo con el régimen tarifario anterior".
La situación tiene una arista particular: en la audiencia no se van a debatir los aumentos dispuestos en febrero, sino los que se van a aplicar por los próximos cinco años y el mecanismo de actualización durante ese período.
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