El Gobierno fijó las reglas para la liquidación de energía de Alicurá, El Chocón y Piedra del Águila tras la privatización

La Secretaría de Energía aprobó el régimen que regula la participación en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) de esos complejos hidroeléctricos. Fijó pautas precisas para la liquidación de energía, potencia y regalías.

Las centrales Alicurá, El Chocón y Piedra del Águila operarán bajo un nuevo régimen en el MEM tras la privatización de sus concesiones.

Las centrales Alicurá, El Chocón y Piedra del Águila operarán bajo un nuevo régimen en el MEM tras la privatización de sus concesiones.

El régimen establece reglas claras para la programación, el despacho, la medición y la liquidación de las transacciones de energía y potencia, tareas que estarán a cargo de CAMMESA. Su vigencia se retrotrae a la fecha efectiva de toma de posesión de las concesiones, que se concretó el 9 de enero de 2026, y se enmarca en contratos de concesión con un plazo de treinta años.

Según se detalló oficialmente, el objetivo de la resolución es garantizar la continuidad operativa, la previsibilidad económica y la seguridad jurídica del sistema eléctrico en el contexto de la transferencia de las concesiones hidroeléctricas.

Privatización y transferencia de las concesiones

El nuevo régimen se inscribe en el proceso de privatización iniciado en 2025 mediante la Resolución 1200/2025 del Ministerio de Economía, que dispuso la venta del total del paquete accionario de las sociedades concesionarias de los cuatro complejos, bajo un Concurso Público Nacional e Internacional sin base y de etapa múltiple, conforme a los Decretos 286/2025 y 590/2025.

Posteriormente, se incorporaron modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones mediante la Resolución 1569/2025, se avanzó con la preadjudicación a través de la Resolución 2059/2025 y finalmente se adjudicaron las acciones por Resolución 2124/2025. Los adjudicatarios fueron Edison Holding S.A., BML Energía S.A. y Central Puerto S.A., junto con la aprobación de los contratos de transferencia y concesión.

Central_Hidroeléctrica_El_Chocón_2007-Sep

El 22 de diciembre de 2025 se firmaron los Contratos de Transferencia de Acciones con las provincias de Neuquén y Río Negro y los nuevos operadores, así como los Contratos de Concesión previstos en el Decreto 718/2024. No obstante, la toma de posesión fue postergada hasta el 9 de enero de 2026 para asegurar una transición ordenada dentro del MEM.

Cómo se liquidarán energía, potencia y regalías

La Resolución 19/2026 define con precisión la asignación de la producción de cada complejo entre energía y potencia regulada y energía y potencia liberada, conforme los cronogramas establecidos en los contratos de concesión y en el anexo técnico correspondiente.

La energía y potencia regulada será remunerada según los valores base y mecanismos contractuales, mientras que la energía y potencia liberada podrá comercializarse libremente en el Mercado a Término o en el Mercado Spot, bajo las reglas vigentes del MEM y lo dispuesto por la Resolución 400/2025.

En materia de remuneración, el régimen establece que la energía regulada se liquidará de acuerdo con los precios PreEneGe y PreEneOp, mientras que la potencia regulada se reconocerá en función de la Disponibilidad Real de Potencia, el Precio Base y el factor kFM. Además, se prevé una actualización anual basada en los índices PPI y CPI de Estados Unidos, tal como establecen los contratos.

Para los valores expresados en moneda extranjera, se aplicará el mecanismo previsto en los contratos o, en su defecto, el tipo de cambio del Banco Central correspondiente al último día hábil del mes del Documento de Transacciones Económicas provisorio.

En cuanto a las regalías hidroeléctricas, CAMMESA será responsable de calcular y liquidar los montos a favor de las provincias y demás beneficiarios, conforme a lo establecido en cada contrato de concesión, con liquidaciones diferenciadas para garantizar transparencia y control por parte de los organismos competentes.

Dejá tu comentario

Te puede interesar