1 de abril 2002 - 00:00

La red cambia las reglas de propiedad intelectual

La inédita intervención de la Corte Suprema norteamericana en una disputa por derechos de autor reavivó el debate por las condiciones de difusión de películas, libros y música a través de Internet. Se discute por estos días en Estados Unidos sobre la constitucionalidad de la ley de propiedad intelectual modificada en 1998, que extendió la protección del material de 20 a 70 años después del fallecimiento de su autor o inventor; una vez transcurrido ese período, la obra pasa al dominio público. Si el fallo declara inconstitucional la extensión de 1998, el Ratón Mickey no sería ya exclusivo de Walt Disney (que sí mantendría los derechos sobre la marca registrada).

En lo que atañe a Internet, el dictamen sería decisivo en relación a las películas, obras literarias y temas musicales que pasarían al dominio público a sólo transcurridas dos décadas de la muerte del autor. Se sumarían así rápidamente al material de pública circulación que se ex
plota comercialmente a través de la red.

Consultado por este diario, el especialista en propiedad intelectual, Antonio Millé, explicó: «En Estados Unidos son más realistas en cuanto a las obras artísticas y establecen diferencias sensatas entre las personas físicas y jurídicas. En nuestro país las personas físicas tienen el derecho sobre la obra durante 70 años a partir de la muerte del autor pero las personas jurídicas tienen derechos sólo por 50 años desde la generación del material registrado. Con respecto a Internet, no hubo casos en Argentina que no pudieran resolverse con la ley existente; la violación a la propiedad intelectual se da tanto en el ámbito virtual como en el real».

Sin embargo, la potencial modificación de la ley de propiedad intelectual en Estados Unidos preocupa a las partes involucradas en las diferentes áreas y reaviva una discusión pendiente en lo que se refiere a Internet.

•El debate en el cine

Pese a los avances en la digitalización de la imagen y el sonido, la baja definición en las descargas de películas a través de Internet sigue siendo el as en la manga de la industria cinematográfica ante la posibilidad de la libre circulación de films. Sin embargo, la Metro-Goldwyn-Mayer y CinemaNow anunciaron hace poco que ofrecerían dos películas por Internet para testear la respuesta del público.

Así, la comedia «¿Qué más puede pasar?» y el drama «El hombre de la máscara de hierro» costarán 3,99 y 2,99 dólares, respectivamente, igualando el costo del alquiler de una película en un videoclub.

En tanto, aunque cada vez más usuarios tengan acceso a la banda ancha, en el debate actual se estima que las películas no ganarían verdadera aceptación entre los internautas hasta tanto no fueran concebidas inicialmente para su difusión on-line. Los productores creen que los films disponibles seguirían teniendo mejor recepción a través de la pantalla grande que mediante el monitor fosforecente de la PC.

Si bien la mayoría de los productores y distribuidores no son del todo reacios a la excesiva libertad de la red, aprovechan las bondades de Internet como canal para la promoción y la publicidad de las películas, pero no ignoran que más de 350 mil películas por día son descargadas ilegalmente y en forma gratuita. El resultado: son más reacios que amigos de la idea de invadir la red con películas.
En nuestro país, según distribuidores consultados por este diario, el tema de Internet no preocupa todavía como en Estados Unidos debido a la novedad del fenómeno.
«No se puede estimar el efecto que puede generar en el mercado local la circulación de películas por la red porque en Argentina es algo todavía muy incipiente. En cuanto a la piratería, afecta más al negocio relacionado con los videos o los DVD que a las distribuidoras», señaló una fuente.

•Los libros

Desde 1994, los contratos en Estados Unidos incluyen cláusulas que incorporan la variante digital, sin embargo, aquellos firmados antes de ese año no mencionan el soporte virtual. Aunque es unánime la postura de que los autores deberían poder elegir a quién venderle los derechos de la edición on-line, muchas veces las editoriales los esquivan y contribuyen a desalentar su participación en los soportes alternativos (concretamente e-books, librerías digitales o en la web).

En nuestro país los contratos sólo contemplan al libro tradicional en papel y la cuestión de la circulación en Internet no preocupa tanto como en Estados Unidos.
Martín Unsué, presidente de la comisión de piratería y reprografía de la Cámara Argentina del Libro explicó: «En Argentina no hay demasiada producción en Internet por lo que es un motivo que no desvela a autores o editores. Sí afectan más la piratería (reproducción total de una obra en formato libro) y la reprografía (fotocopiado, fotoduplicación o escaneo total o parcial), ambos contemplados en la nueva ley del libro que pena con multas de hasta 10 mil pesos».

En el último congreso de editores realizado en nuestro país se abordó el tema del e-book (libro electrónico) pero se llegó a la conclusión de que las editoriales extranjeras (y pocas locales) que habían incursionado en la digitalización de obras o en el lanzamiento de libros por Inter-net, habían regresado paulatinamente al soporte tradicional.

«En las denuncias vinculadas a Internet hay que hacer la distinción entre las obras que se «bajan» de la red y que pertenecen al dominio público (pueden circular legalmente por la web) y aquellas que se mantienen en el domino privado (requieren del permiso del autor). También se ha denunciado el negocio de los libros y obras completas que se comercializan a bajo precio en formato de CD»,
concluyó Unsué.

En tanto, Roberto Leigh-tower, de la Cámara Argentina del Libro, dijo a este diario: «El problema es quién paga los derechos de autor si la obra se difunde en un medio no tradicional. El autor tiene derecho irrenunciable sobre la obra y si le ofrecen la difusión en Inter-net, la decisión de acceder o no depende de él. Pero la piratería que perjudica al libro no se restringe al ámbito digital, el problema con la fotocopia o el escaneo también son preocupantes porque atentan contra el derecho de autor y repercuten negativamente en las ventas».

•La música

A diferencia de las difundidas batallas de la industria del disco con Napster y otros servicios de intercambio de canciones on-line, ninguna de las partes que disputa actualmente en Estados Unidos cuestiona el hecho de que se debe dinero por millones de transmisiones que datan de 1998. El problema reside en cuánto deberían pagar los radiodifusores de Internet a los músicos y disquerías por usar sus canciones.

La Alianza Internacional de Propiedad Intelectual estimó que la industria norteamericana perdió 2 mil millones de dólares en 2001 a causa de los derechos de autor no pagados por la piratería. Las disquerías y los músicos quieren 0.4 de dólar por oyente por canción, mientras los «webcasters» han propuesto pagar 0.15 de dólar por cada hora que un oyente haya permanecido conectado. En tanto, la caída de 10% de los principales sellos discográficos durante 2001 fue atribuido por la industria a varias razones: el enorme crecimiento de la piratería en Internet, obstáculos atribuibles al efecto ocasionado por los atentados del 11 de septiembre y la desaceleración económica, que ha afectado a los fabricantes de artículos para el consumidor.

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