El DNU de Alberto Fernández: cuáles son las nuevas medidas

El Gobierno informó los principales ejes dentro del Decreto de Necesidad y Urgencia que comenzará a regir a partir del 7 de agosto.

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El Gobierno, en el marco del nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), informó las nuevas medidas que regirán hasta el 1 de octubre, en el marco de restricciones por la pandemia de Covid-19, con un esquema de aperturas sostenidas y progresivas que adopta el país.

A la espera de la publicación del nuevo DNU presidencial, el Gobierno dejó trascender algunos detalles.

Actividades permitidas

En espacios cerrados:

  • La práctica de deportes, eventos sociales, culturales, recreativos y religiosos; y las actividades realizadas en cines, teatros, clubes, locales gastronómicos, centros culturales, gimnasios, casinos y bingos, con un aforo del 70 por ciento.
  • La asistencia a centros de día y clubes de adultos mayores con un aforo del 70 por ciento cuyos asistentes cuenten con el esquema completo de vacunación contra la COVID-19, y hayan transcurrido 14 días desde entonces.
  • Las reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 20 personas.

En espacios abiertos:

  • Las reuniones y actividades en espacios públicos de hasta 100 personas.
  • La autoridad jurisdiccional podrá disminuir el aforo establecido según los parámetros epidemiológicos y sanitarios.

Reuniones sociales

  • Se ampliará la cantidad de personas que pueden reunirse. Ese medida regirá desde este mismo sábado 7 de agosto.
  • Se permiten reuniones sociales en domicilios particulares de 10 personas como máximo si se realizan en espacios interiores y de hasta 20 personas si se realizan al aire de libre.

Clases presenciales

  • Se mantendrán las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todo el país, dando efectivo cumplimiento a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico y condiciones establecidas en las Resoluciones Nros. 364 del 2 de julio de 2020, 370 del 8 de octubre de 2020, 386 y 387 ambas del 13 de febrero de 2021 del Consejo Federal de Educación, sus complementarias y modificatorias.

Recitales y la vuelta del público a las canchas

  • Alberto Fernández anticipó aperturas progresivas eventos masivos al aire libre. Así, los recitales volverían de a poco, y dentro de eso se espera el regreso del público a los estadios de fútbol.
  • Para eventos masivos en esta primera etapa se considera arrancar con un 30% de aforo con la idea de llegar al 60%.
  • Actividades en discotecas, salones de fiestas, bailes, o actividades similares siguen suspendidas
  • Lo mismo con eventos masivos, entendidos como todo acto, reunión o acontecimiento de carácter eventual, cuyo objeto sea artístico, musical, festivo o deportivo, capaz de producir una concentración mayor a 1.000 asistentes.
  • Y las actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 100 personas.

Turismo

  • Alberto Fernández anticipó aperturas progresivas en viajes y turismo. En ese marco ratificó el relanzamiento del plan PreViaje.
  • "Cuando se den las condiciones, el plan de recuperación de actividades habilitará el turismo que tengan el esquema completo de vacunación, empezando por países de la región", informó el mandatario.
  • Esta etapa contempla la posibilidad de actividades y viajes grupales para jubilados y jubiladas que tengan el esquema de vacunación completo.
  • Apertura cuidada y progresiva de las fronteras para poder recibir extranjeros vacunados, primero de países limítrofes y luego de otros lugares, esto teniendo en cuenta la situación epidemiológica de cada país.
  • En la etapa 3, ya con los adolescentes vacunados, retomar los viajes de egresados
  • La realización de excursiones y actividades turísticas de acuerdo a los protocolos y normativa vigente, que se efectúen exclusivamente en transportes que permitan mantener ventilación exterior adecuada de manera constante y cruzada.
  • Las jurisdicciones podrán autorizar la realización de viajes en grupos de hasta 10 personas para actividades recreativas, sociales y comerciales, en tanto tengan como origen y destino aglomerados que no sean considerados en Situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria; que se realicen en base a los protocolos; que no incluyan pasajeros que hayan estado en el exterior durante los últimos 14 días o sean convivientes de quien revista tal condición; no hayan sido contacto estrecho de un caso confirmado de COVID-19 durante los 14 días previos al viaje, ni hayan tenido un diagnóstico positivo de COVID-19 en el mismo período.

Ingreso de argentinos del exterior

  • Santiago Cafiero adelantó que los cupos de ingresos de argentinos del exterior aumentarán a 1.700 personas por día y será escalonado. "Seguiremos con los mismos procesamientos con testeos y aislamientos", sostuvo.

Fronteras

  • Se estableció el cupo semanal de 11.900 plazas para argentinos y argentinas y residentes hasta el 6 de septiembre y, en adelante, un cupo semanal de 16.100 plazas si se habilitan nuevos corredores seguros.
  • Dentro de las plazas mencionadas, 700 pasajeros podrán ser priorizados por el Estado Nacional por razones de urgencia o para atender cuestiones esenciales impostergables o de representación oficial o diplomática, a los efectos de facilitar su viaje al país.
  • Sigue prohibido el ingreso de extranjeros.
  • Se eliminan las restricciones de vuelos directos por países con la posibilidad de habilitar vuelos especiales para facilitar el ingreso de argentinos desde esos países (Brasil, Chile, Reino Unido, etc).
  • Los gobernadores y gobernadoras podrán solicitar la apertura de nuevos corredores seguros (terrestres y/o aéreos) siempre que cuenten con protocolo aprobado por la autoridad sanitaria provincial, previendo en su caso los mecanismos de testeo, aislamiento y traslado de las muestras respectivas para la secuenciación genómica que deberá demás estar aprobado por el Ministerio de Salud de la Nación.
  • Sigue prohibido el ingreso por frontera terrestre.
  • Dentro de los nuevos corredores seguros a implementar a partir del 6 de septiembre del 2021, y según la situación de cobertura de vacunación, sanitaria y epidemiológica en origen y en destino, desde el 6 de septiembre los gobernadores podrán proponer la implementación de una experiencia piloto de ingreso de extranjeros provenientes de Chile y la República Oriental del Uruguay solo con esquemas completos de vacunación y cuarentena obligatoria.

Alarma epidemiológica y sanitaria

Los gobernadores y el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en atención a las condiciones epidemiológicas y sanitarias, podrán disponer restricciones temporarias y focalizadas adicionales en los lugares bajo su jurisdicción.

Los parámetros para definir situaciones de alarma epidemiológica y sanitaria, en aglomerados urbanos de más de 300.000 habitantes, serán:

  • La ocupación de camas totales de terapia intensiva sea superior al 80 por ciento.
  • La variación porcentual del número de pacientes internados en UTI por COVID-19 de los últimos siete días, respecto de los siete días anteriores sea superior al 20 por ciento.
  • Continúan en vigencia las medidas de cuidado individual como la distancia mínima de 2 metros entre personas, el uso de tapabocas, la ventilación de los ambientes en forma adecuada y constante, y la higiene frecuente de las manos.

Actividades que se suspenden en aglomerados urbanos en situación de alarma epidemiológica y sanitaria por el término de nueve días:

  • La circulación nocturna de las personas, entre las 20 y hasta las 6 del día siguiente.
  • Eventos masivos (artísticos, musicales, festivos o deportivos).
  • Las actividades económicas, industriales, comerciales y de servicios en lugares cerrados con 50 por ciento de aforo.
  • Las actividades recreativas, culturales, religiosas y deportivas con 30 por ciento de aforo.

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