La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó que durante el mes de marzo, va a seguir vigente el pago de la Prestación por Desempleo. El objetivo de la misma es brindarles una ayuda económica destinada a trabajadores que perdieron su empleo formal y necesitan un ingreso mientras buscan una nueva oportunidad laboral.
ANSES deposita una ayuda de hasta $352.400 a todas estas personas antes de fin de mes
El organismo informó cuáles son los montos, requisitos y fechas de marzo para la Prestación por Desempleo.
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ANSES pagará entre el 20 y 30 de marzo la Prestación por Desempleo.
Este mes el beneficio tendrá un monto máximo de $352.400, luego de la actualización vinculada al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). El pago se realizará entre el 20 y el 30 de marzo, según el cronograma establecido por ANSES y la terminación del DNI de cada beneficiario.
Qué es la Prestación por Desempleo de ANSES
La Prestación por Desempleo es un beneficio económico destinado a trabajadores registrados que fueron despedidos sin justa causa, finalizaron un contrato laboral o quedaron sin empleo por causas externas.
El objetivo del programa es brindar un ingreso temporal que les ayude a poder cubrir necesidades básicas mientras buscan reinsertarse en el mercado laboral. El pago mensual no es el único beneficio que brinda, sino que también brinda otros derechos muy importantes:
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Una cobertura de salud mientras la persona esté cobrando la asignación
Reconocimientos de aportes jubilatorios
En el caso de aplicar, una asignación familiar
Quiénes acceden a la ayuda económica
Pueden acceder a esta prestación únicamente los trabajadores registrados que hayan perdido sus trabajos. De igual forma las exigencias cambian dependiendo de la relación laboral que tenían.
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Trabajadores permanentes: Haber trabajado al menos seis meses con aportes en los últimos tres años antes del despido.
Trabajadores eventuales o de temporada: Haber trabajado más de 90 días en el último año y menos de 12 meses en los últimos tres años.
Trabajadores de la construcción: Un mínimo de ocho meses de aportes en los últimos dos años antes de la finalización de la obra o del contrato laboral.
Los motivos válidos por los cuales se puede acceder a esta prestación:
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Despido sin causa.
Finalización de contrato laboral.
Quiebra o cierre de la empresa.
Fuerza mayor o reducción de personal.
En cambio, no se puede acceder al beneficio si la persona renunció voluntariamente o fue despedida con justa causa.
Monto de la Prestación por Desempleo en marzo
El monto que reciben todos los beneficiarios no es el mismo, ya que se calcula con el salario neto que estaba cobrando la persona, antes de que la despidieran.
La normativa establece que el pago debe ser correspondiente al 75% del mejor salario neto promedio que haya cobrado el trabajador en los últimos 6 meses.
Igualmente este beneficio tiene límites vinculados al salario mínimo. La prestación no puede ser menor al 50% del Salario Mínimo, Vital y Móvil, pero tampoco puede superar el 100% del mismo. Con la actualización vigente para marzo, los valores quedaron establecidos, el monto mínimo es de $176.200 y el monto máximo de $352.400 y dependiendo del salario, el beneficio puede ubicarse en cualquier punto de este rango.
Cuándo cobro la prestación por Desempleo de ANSES en marzo 2026
El calendario de pagos de la Prestación por Desempleo comenzará el 20 de marzo y se organizará de acuerdo con la terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI) de cada beneficiario:
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DNI terminados en 0 y 1: 20 de marzo
DNI terminados en 2 y 3: 25 de marzo
DNI terminados en 4 y 5: 26 de marzo
DNI terminados en 6 y 7: 27 de marzo
DNI terminados en 8 y 9: 30 de marzo
¿Cómo puedo apelar una decisión de ANSES si me niegan el beneficio?
Para apelar una decisión denegada por ANSES, debes presentar un Recurso de Revisión o de Reconsideración ante la misma UDAI (oficina) que rechazó el trámite, o ante la CARSS (Comisión Administrativa de Revisión de la Seguridad Social). Esto requiere una nota formal fundamentada y, de persistir el rechazo, se puede iniciar una acción judicial.
Pasos detallados para apelar:
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Revisar la Resolución: Analiza detenidamente la notificación de la denegación para entender los motivos legales del rechazo.
Presentar Recursos Administrativos:
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Recurso de Reconsideración: Se presenta ante la misma UDAI que denegó el beneficio.
Recurso de Revisión (CARSS): Se interpone ante la Comisión Administrativa de Revisión de la Seguridad Social, generalmente dentro de los plazos establecidos tras recibir la denegatoria.
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Documentación necesaria: Nota escrita y firmada por ti o un apoderado, detallando la resolución recurrida, fundamentando los motivos por los cuales no estás de acuerdo y aportando pruebas.
Vía Judicial: Si la instancia administrativa (CARSS) falla en contra, se puede impugnar la resolución ante la Cámara Federal de la Seguridad Social.
Dónde realizarlo: De forma presencial en una oficina de ANSES con turno previo, o a través de los canales de atención. ANSES +7
Es altamente recomendable buscar asesoramiento legal para fundamentar correctamente el reclamo.
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