24 de octubre 2022 - 05:00

ANSES: desde hoy se puede cobrar la Prestación por Desempleo

La ANSES publicó el calendario de pagos para las Prestaciones por Desempleo que se pueden cobrar desde este lunes 24 de octubre. Enterate cómo hacerlo.

ANSES entregará, desde hoy, las Prestaciones por Desempleo de octubre.

ANSES entregará, desde hoy, las Prestaciones por Desempleo de octubre.

La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) comenzará, a partir de hoy y hasta el viernes 28, a acreditar en las cuentas bancarias correspondientes a los inscriptos, las Prestaciones por Desempleo. A esto se suma, también, el bono de refuerzo por la inflación de $7.000, además de la Tarjeta Alimentar, entre otros programas.

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Massa dijo que el desempleo puede caer hasta el 6,7%.

Massa dijo que el desempleo puede caer hasta el 6,7%.

Los beneficiarios de estas prestaciones podrán cobrar por ventanilla en las sucursales bancarias correspondientes, o bien en sus cuentas bancarias por acreditación directa.

Estas prestaciones sociales están pensadas para que, aquellos que no cuentan con un trabajo estable, puedan contar con algún dinero para subsistir, al menos, en condiciones sumamente básicas.

Aquellos beneficiarios de la prestación que consigan un empleo, deberán pedir la suspensión de la asistencia en su oficina de ANSES más cercana. Este trámite debe realizarse, sí o sí, a los 5 días hábiles posteriores a haberse incorporado en el nuevo trabajo.

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Calendarios de cobro: Prestación por Desempleo

La Prestación por Desempleo se acreditará, a partir del 24 de octubre, según el último dígito del DNI. Las fechas publicadas por ANSES son las siguientes:

  • Documentos terminados en 0 y 1: lunes 24 de octubre
  • Documentos terminados en 2 y 3: martes 25 de octubre
  • Documentos terminados en 4 y 5: miércoles 26 de octubre
  • Documentos terminados en 6 y 7: jueves 27 de octubre
  • Documentos terminados en 8 y 9: viernes 28 de octubre

Cómo solicitar la Prestación por Desempleo

La Prestación por Desempleo podes solicitarla sólo si estás en condición de desempleado/a, habiendo sido trabajador/a en relación de dependencia despedido/a sin justa causa, sea por finalización de contrato o por causas externas. Debes estar comprendido/a dentro lo amparado por la Ley de Contrato de Trabajo 24.013.

Durante la vigencia del beneficio, podes estar inscrito a otras asignaciones familiares (ordinarias y extraordinarias). Así como también mantener la obra social a la que estabas afiliado.

Paso a paso, cómo hago:

  • Reuní toda la documentación personal y familiar correspondiente. Si hubo intercambio de telegramas con tu empleador, deberás presentarlos también a dichos telegramas, junto con la constancia del Ministerio de Trabajo.
  • Pedí un turno en ANSES. Allí se te consignará una sucursal a la cual acercarte, que generalmente resulta la más cercana a tu domicilio registrado en ANSES.
  • Presenta la documentación requerida en la oficina de ANSES asignada al turno que solicitaste.

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