12 de diciembre 2022 - 00:00

ANSES: ¿Quiénes pueden cobrar $100.000 en diciembre?

ANSES realiza un pago para los familiares de las víctimas por coronavirus. Cuáles son los requisitos.

Pensión vitalicia Anses

Pensión vitalicia Anses

Este pago, dispuesto en 2020, corresponde a la pensión vitalicia de familiares de víctimas de Covid-19. Tiene como objetivo "acompañar a los familiares de trabajadoras y trabajadores esenciales que hayan fallecido como consecuencia del Covid-19", según la Ley N° 27.549.

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Pensión vitalicia: ¿A quiénes corresponde?

Está destinada a cónyuges, convivientes e hijos de trabajadoras y trabajadores esenciales que hayan fallecido durante el ejercicio de sus tareas como consecuencia del COVID-19.

Requisitos para cobrar la pensión

Trabajador o trabajadora esencial fallecido:

La persona fallecida víctima del Covid-19 tiene que haber realizado o desempeñado trabajos esenciales entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre de 2020, en los siguientes rubros:

  • Personal de los sistemas de salud pública y privada
  • Personal de las Fuerzas Armadas
  • Personal de las Fuerzas de Seguridad
  • Personal de la Actividad Migratoria
  • Personal de la Actividad Aduanera
  • Bomberos
  • Recolectores de residuos domiciliarios
  • Recolectores de residuos patogénicos
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¿Quiénes pueden pedir el beneficio?

  • Esposo/a o conviviente.
  • Hijos menores a cargo de la victima: hasta los 21 años. En caso de los discapacitados o aquellos con percepción de alimentos fijados, la situación será hasta los 25 años de edad.
  • Personas a cargo del fallecido.

¿Cómo solicitar la pensión?

Para comenzar el trámite online primero se deberá ingresar a la Atención Virtual de Anses con CUIL y Clave de Seguridad Social. Luego ir a la sección "Iniciar atención" y ahí elegir la opción "Asistencia para inicio de Pensión COVID Ley 27549" para comenzar el trámite.

Para inscribirse se deberá realizar la gestión en cualquier oficina de ANSES y presentar la siguiente documentación:

  • DNI de quien solicita la pensión.
  • Partida de defunción del jubilado o pensionado.
  • Factura de la funeraria a nombre del solicitante de la asignación.

Cónyuge de la trabajadora o trabajador fallecida/o:

  • Partida de matrimonio actualizada (posterior a la fecha de fallecimiento).

Conviviente de la trabajadora o trabajador fallecida/o:

  • Unión convivencial
  • O acreditar cinco años de convivencia anteriores e inmediatos a la fecha del fallecimiento. Ese plazo se reduce a 2 años en caso de haber tenido un hijo en común y reconocido por ambos.
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