Con voto de los jueces Borinsky y Hornos, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó las impugnaciones de las partes y confirmó la realización del juicio en Santa Cruz, provincia en la que se desarrolló la investigación. El juez Carbajo, en disidencia, sostuvo la competencia territorial del Tribunal Oral Federal de Mar del Plata.
ARA San Juan: Casación confirmó que el juicio se hará en Santa Cruz
Por mayoría, los jueces Mariano Borinsky y Gustavo Hornos de la Sala IV de la Casación dispusieron que el juicio oral por la tragedia del submarino se realice en la provincia donde se tramitó la investigación.
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El juicio por la desaparición del ARA San Juan se realizará en Santa Cruz.
En la causa están elevados a juicio el contraalmirante Luis Enrique López Mazzeo, el capitán de navío Claudio Villamide, el capitán de navío Héctor Alonso y el capitán de fragata Hugo Miguel Correa, procesados por incumplimiento de los deberes de funcionario público, omisión de deberes del oficio y estrago culposo agravado por el resultado de muerte.
La instrucción tramitó en el Juzgado Federal de Caleta Olivia, a cargo de la jueza Marta Yañez, que elevó la causa al único Tribunal Oral Federal de Santa Cruz, en Río Gallegos, integrado por Mario Reynaldi, Luis Alberto Giménez y Enrique Baronetto.
El querellante Luis Tagliapietra, padre de uno de los marinos fallecidos, pidió el traslado a Buenos Aires o Mar del Plata, argumentando que el hecho ocurrió fuera de la jurisdicción de Caleta Olivia y que la distancia afectaba a las familias de las víctimas. A su planteo adhirieron las defensas de López Mazzeo y Villamide.
El fiscal Julio Zárate también había dictaminado que el juicio debía realizarse en Mar del Plata, último puerto del buque y sede de la flota de submarinos. En cambio, la Defensa Pública Oficial y la abogada Valeria Carreras —en representación de familiares— pidieron mantener la competencia de Santa Cruz.
El fallo de la Casación tuvo dos posiciones diferentes
La mayoría, integrada por Borinsky y Hornos, sostuvo que debía mantenerse la competencia del Tribunal Oral Federal de Santa Cruz. Consideraron que existe incertidumbre sobre el lugar del delito, ya que la implosión ocurrió en alta mar y las decisiones operativas se tomaron en distintas bases navales del país.
En ese contexto, entendieron que debía conservarse la jurisdicción de quien previno en la causa, es decir, el tribunal santacruceño. Hornos remarcó que “la tragedia del ARA San Juan no tuvo puerto de arribo” y que, frente a esa incertidumbre, corresponde seguir la regla subsidiaria de competencia.
Además, señaló que cambiar la sede implicaría demoras innecesarias, recordando que en Santa Cruz ya se cumplió la instrucción y el ofrecimiento de pruebas previas al juicio. “Es necesario dar la más pronta respuesta jurisdiccional a los imputados, las víctimas y la sociedad en su conjunto”, expresó.
Borinsky coincidió y destacó que mantener la competencia en Santa Cruz garantiza una mayor economía procesal y una administración de justicia más ágil, dado que la causa tramitó íntegramente en esa jurisdicción.
Un voto en disidencia
El juez Javier Carbajo, en línea con el Ministerio Público Fiscal, planteó que la competencia territorial debía corresponder al Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, ciudad desde la cual zarpó el submarino, donde se emitieron las órdenes de operación y donde se encuentra la Base Naval de la flota de submarinos.
Argumentó que la zona del hundimiento y el hallazgo del buque están más allá de las 200 millas náuticas, fuera del límite jurisdiccional argentino, y que todos los querellantes, testigos y defensas residen fuera de Santa Cruz.
Sostuvo que su postura no implicaría demoras ni nulidades, y pidió que el tribunal de Mar del Plata fije una fecha de juicio con celeridad, garantizando así el avance de un proceso que busca esclarecer una de las mayores tragedias navales en la historia argentina.
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