15 de septiembre 2026 - 23:00

Asignación por Maternidad ANSES en septiembre 2026: montos, fechas de cobro y requisitos

La prestación acompaña durante la licencia por nacimiento y se liquida según el salario bruto de cada trabajadora alcanzada.

El beneficio se paga durante 90 días y también alcanza a las trabajadoras de casas particulares que estén registradas.

El beneficio se paga durante 90 días y también alcanza a las trabajadoras de casas particulares que estén registradas.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) mantiene vigente en septiembre la Asignación por Maternidad, para las trabajadoras que deben interrumpir sus tareas durante la licencia correspondiente al nacimiento. A diferencia de otras prestaciones familiares, el beneficio no tiene un valor único establecido para todas las titulares.

El monto se determina en línea con la remuneración de cada trabajadora y se abona durante los 90 días que dura la licencia por maternidad. También existe una extensión de hasta 270 días cuando el hijo fue diagnosticado con síndrome de Down. En septiembre, la prestación tiene un esquema de acreditación diferente al de otras asignaciones de ANSES, sin una distribución diaria según el último número del documento.

¿Cómo se calcula el monto de la Asignación por Maternidad en septiembre 2026?

La Asignación por Maternidad equivale al sueldo bruto que la trabajadora debería percibir durante el período de licencia, por lo que no existe un monto general que pueda aplicarse a todas las beneficiarias. El importe depende de la remuneración declarada y de la situación laboral de cada titular.

Esto significa que una trabajadora con un salario bruto de $800.000 percibe una prestación calculada sobre ese ingreso, mientras que otra con una remuneración diferente percibirá un importe acorde con su propio sueldo. El organismo reemplaza durante la licencia el ingreso que la persona habría recibido por su trabajo.

Calendario de cobro ANSES: cuándo se acredita la asignación en septiembre

La Asignación por Maternidad está disponible desde el 10 de septiembre. A diferencia de la AUH, la Asignación por Embarazo o las jubilaciones, el pago no se divide en diferentes jornadas de acuerdo con la terminación del DNI. Entonces, las titulares no tienen que esperar una fecha específica vinculada con el último número de su documento. El beneficio se encuentra dentro de un período de pago propio y su acreditación está relacionada con la licencia por maternidad reconocida por ANSES.

La duración habitual es de 90 días, por lo que el beneficio acompaña todo el período correspondiente a la licencia. En caso de maternidad por nacimiento de un hijo con síndrome de Down, la normativa contempla una licencia especial y la asignación puede extenderse hasta 270 días. Para conocer la información particular de cada prestación, ANSES permite consultar el detalle de los pagos mediante mi ANSES, ingresando con CUIL y Clave de la Seguridad Social.

¿A quiénes les corresponde la Asignación por Maternidad?

El beneficio alcanza a las trabajadoras en relación de dependencia, incluidas las trabajadoras rurales y de temporada, además de las personas que trabajan en casas particulares de manera registrada. También pueden acceder las trabajadoras que se encuentren cobrando una prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART). Uno de los requisitos es tener 12 semanas de gestación o más al momento de la gestión. También se exige una antigüedad mínima de tres meses en el empleo al inicio de la licencia.

La trabajadora debe presentar la documentación correspondiente y acreditar el embarazo mediante un certificado médico o de un profesional habilitado. La normativa establece que la certificación puede presentarse a partir de la semana 12 de gestación o de los tres meses cumplidos. El trámite puede completarse de manera presencial, con turno, o mediante Atención Virtual de ANSES.

Personal de casas particulares: condiciones para acceder al beneficio

Las trabajadoras de casas particulares registradas también tienen derecho a la Asignación por Maternidad. La Ley de Asignaciones Familiares reconoce específicamente este beneficio para quienes están comprendidas en el régimen especial de trabajo en casas particulares. Para iniciar la solicitud deben completar el formulario PS 2.75, Declaración Jurada Maternidad Servicio Doméstico, y presentar la documentación que acredita la relación laboral. Entre los requisitos figura la constancia de alta como personal de casas particulares, que se obtiene desde el portal de ARCA, además del formulario de pago de aportes y contribuciones o el recibo de sueldo.

En estos casos, ANSES también exige acreditar la licencia mediante la documentación correspondiente. La solicitud es gratuita y puede gestionarse por Atención Virtual o en una oficina de ANSES con turno previo. Para evitar demoras, la información laboral y personal debe estar correctamente registrada antes de presentar la documentación.

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