Los afiliados de PAMI que, por razones médicas, no pueden trasladarse por sus propios medios para asistir a una consulta, un estudio o un tratamiento pueden solicitar un traslado programado en ambulancia o móvil sanitario. Se trata de una prestación incluida dentro de la cobertura del instituto, destinada exclusivamente a personas cuya condición clínica justifica este tipo de asistencia.
Cómo solicitar un traslado programado en ambulancia por PAMI
El servicio debe pedirse con órden medica y respetando los plazos establecidos por el organismo antes de la fecha de turno.
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Los afiliados que no pueden movilizarse por sus propios medios pueden acceder al servicio de traslados programados de PAMI.
El servicio no está pensado para emergencias, ni urgencias. Su objetivo es garantizar que los afiliados puedan concurrir a prestaciones médicas previamente programadas, cuando presenten limitaciones físicas o cognitivas que les impidan utilizar un medio de transporte convencional. Entre los casos más frecuentes figuran pacientes con movilidad reducida, enfermedades neurológicas, secuelas de accidentes cerebrovasculares o patologías que requieren traslado en camilla.
La modalidad de gestión puede variar según la provincia y también depende de si la indicación fue emitida por el médico de cabecera o por un especialista. En Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Gran Buenos Aires y algunas otras jurisdicciones existe un procedimiento específico para validar el traslado, mientras que en el resto del país la coordinación suele realizarse directamente con el prestador asignado en la cartilla médica.
Requisitos básicos para pedir una ambulancia de PAMI
El principal requisito es que exista una indicación médica que justifique el traslado. No alcanza con la dificultad para movilizarse o la falta de un vehículo propio: el profesional tratante debe certificar que el paciente no puede moverse por sus propios medios debido a su estado de salud.
Además de la orden médica, el afiliado debe tener confirmado el turno para la consulta, estudio o tratamiento al que será trasladado. PAMI solicita que toda la documentación esté completa antes de iniciar la gestión para evitar demoras en la autorización del servicio. El trámite puede realizarlo el propio afiliado, un familiar o un apoderado autorizado.
Trámite si la orden es de tu Médico de Cabecera
Cuando el traslado es indicado por el médico de cabecera y no requiere un profesional a bordo de la ambulancia, el médico genera la solicitud correspondiente y entrega al afiliado la orden junto con el comprobante del trámite.
Después, el paciente debe obtener el turno para la prestación médica y comunicarse, hasta dos días hábiles antes, con el centro de validación de Traslados Programados llamando al 0800-222-0381, donde se coordina el día y horario del servicio en las zonas alcanzadas por este sistema.
Si el traslado fue solicitado por el médico de cabecera pero requiere médico a bordo, el procedimiento cambia y la gestión debe completarse presencialmente en el área de Prestaciones Médicas de la Unidad de Gestión Local (UGL), presentando el resumen de historia clínica.
Trámite si la orden es de un Médico Especialista
Cuando la indicación proviene de un especialista, el afiliado primero debe gestionar la carga de la solicitud en la agencia de PAMI correspondiente. Una vez registrada la documentación, podrá sacar el turno para la práctica médica y posteriormente coordinar el traslado mediante el mismo sistema telefónico o con el prestador asignado, según la región donde resida.
En las provincias que no integran el esquema de validación centralizada, el afiliado debe comunicarse directamente con la empresa de ambulancias que figura en su cartilla médica. Si el traslado supera los 30 kilómetros de recorrido total, previamente deberá obtener la autorización correspondiente de PAMI antes de coordinar el servicio.
¿Cuándo se requiere acompañamiento médico a bordo y cómo gestionarlo?
No todos los traslados necesitan un profesional de la salud dentro de la ambulancia. Esa decisión depende exclusivamente del médico tratante, quien debe especificarlo en la orden y justificar clínicamente la necesidad.
Generalmente se solicita médico a bordo cuando el paciente presenta una patología que puede requerir asistencia durante el viaje, necesita monitoreo permanente, utiliza oxígeno o existe riesgo de descompensación durante el traslado.
En esos casos, PAMI exige presentar, además de la orden médica y el turno asignado, un resumen de historia clínica. La coordinación no puede realizarse únicamente por vía telefónica y debe gestionarse ante el área de Prestaciones Médicas de la UGL correspondiente, que será la encargada de organizar el servicio con el prestador.







