19 de octubre 2024 - 10:45

El importante trámite por matrimonio que se puede resolver a través de la web de ANSES

Conocé el paso a paso para tramitar este increíble beneficio de la entidad.

El trámite se debe hacer a partir de los 2 meses y hasta los 2 años posteriores a la fecha del casamiento de un matrimonio.

El trámite se debe hacer a partir de los 2 meses y hasta los 2 años posteriores a la fecha del casamiento de un matrimonio.

El cobro de la Asignación Familiar por Matrimonio de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) es de pago único, a partir de los 2 meses y hasta los 2 años posteriores a la fecha del casamiento de un matrimonio.

Para acceder a este beneficio se tiene que ser parte de algunos de estos grupos:

  • Trabajadores registrados (SUAF).
  • Titulares de la Prestación por Desempleo.
  • Titulares de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
  • Trabajadores de temporada.
  • Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Anses
Las Asignaciones de Pago Único se entregan en caso de nacimiento, adopción o matrimonio.

Las Asignaciones de Pago Único se entregan en caso de nacimiento, adopción o matrimonio.

Quiénes pueden acceder a la Asignación Familiar por Matrimonio

Los requisitos son los siguientes:

  • El matrimonio tiene que estar acreditado en la base de datos de ANSES.
  • Estar dentro de los 2 meses y 2 años de ocurrido el evento.
  • Los ingresos individuales y del grupo familiar no deben superarlos topes máximos vigentes al momento del evento.
  • En el caso de trabajadores en relación de dependencia, deben contar con una antigüedad mínima y continuada de 6 meses en su empleo al momento del matrimonio.

Cómo tramitar la Asignación por Matrimonio

Este trámite se puede hacer de manera presencial, solicitando turno previo, en las oficinas de ANSES, o se puede hacer de manera online, siguiendo los siguientes pasos:

  1. Ingresar a MI ANSES
  2. Revisar si tus datos personales y vínculos familiares están actualizados en mi ANSES. Si no lo están, actualizar en una oficina de ANSES.
  3. Reunir la documentación de ambos cónyuges.
  4. Ingresar en Atención Virtual, ingresando al canal de Atención Virtual con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social.

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