El Tribunal Superior de Justicia de Neuquén declaró inadmisibles los recursos extraordinarios presentados por la comunidad Lof Paichil Antriao en el expediente por la ocupación de tierras en Villa La Angostura, cuyo titular registral es el exbasquetbolista Manu Ginóbili. De esta manera, el máximo tribunal provincial confirmó que la causa seguirá bajo la órbita del juzgado con asiento en esa localidad.
Fallo clave en la causa por tierras de Manu Ginóbili: la Justicia de Neuquén rechazó los planteos mapuches
Según los jueces, los agravios planteados fueron formulados en términos generales y no acreditaron un perjuicio concreto de gravedad institucional.
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El máximo tribunal provincial dejó firme la competencia del juzgado de Villa La Angostura y rechazó los recursos interpuestos por la comunidad mapuche.
La decisión ratifica lo resuelto previamente por la Cámara Provincial de Apelaciones, que había dispuesto el reenvío del expediente al juzgado de Villa La Angostura para continuar el trámite de la acción reivindicatoria iniciada por la Municipalidad local.
La comunidad mapuche había interpuesto un recurso de nulidad extraordinario y otro por inaplicabilidad de ley. En su presentación, sostuvo que la resolución anterior vulneraba el principio del “juez natural” y que el traslado del expediente implicaba una modificación indebida de la competencia territorial.
También argumentó que la medida podía generar antecedentes en contextos de desalojos similares y cuestionó la legalidad del trámite adoptado por los tribunales inferiores.
Qué respondió el Tribunal
En su análisis, el Tribunal Superior consideró que la resolución impugnada no tenía carácter de sentencia definitiva, ya que no resolvía el fondo de la disputa ni impedía la continuidad del proceso. Según los jueces, los agravios planteados fueron formulados en términos generales y no acreditaron un perjuicio concreto de gravedad institucional.
Además, señalaron que la fundamentación presentada no cumplía con los requisitos técnicos exigidos para habilitar los recursos extraordinarios. En particular, indicaron que no se acreditó el monto mínimo requerido para el tratamiento del recurso por inaplicabilidad de ley.
El dictamen del máximo tribunal coincidió con el criterio de la Fiscalía General de Neuquén, que también había solicitado el rechazo de los planteos. En consecuencia, los magistrados declararon inadmisibles ambos recursos y dispusieron que la comunidad afronte las costas del proceso.
Cómo sigue la causa
El expediente, caratulado como una acción reivindicatoria por la titularidad de los lotes, continuará tramitándose en el juzgado de Villa La Angostura bajo las reglas procesales ordinarias.
La controversia adquirió fuerte repercusión pública por la vinculación del nombre de Ginóbili, aunque la cuestión de fondo —la posesión y eventual restitución de las tierras— todavía no fue resuelta de manera definitiva.
Con este fallo, el Tribunal Superior dejó firme la competencia territorial y despejó el camino para que el proceso avance hacia una decisión sobre el fondo del conflicto.




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