11 de septiembre 2009 - 20:44
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"Al haber sido consciente y voluntaria la ingesta alcohólica por parte de Sosa, tal circunstancia constituye una negligencia, pues en tal situación podía llegar a cometer un hecho tal como sucedió. Es decir que su culpabilidad consistió en ese estado de ebriedad imprudente", sostuvo en su voto el juez Rotter, opinión que fue acompañada luego por los otros dos camaristas.
Según quedó demostrado en el juicio, Sosa era una persona que "habitualmente se emborrachaba" pero que "cuando se encontraba alcoholizado resultaba ser muy sociable y tranquilo".
También sostuvo el fallo que el violento episodio que acabó con la vida de Nahuelcar fue "un quiebre biográfico, una conducta inesperada e inédita".
Al momento de ser hallado ensangrentado en el portón de su casa, el acusado presentaba "entre 2,25y 2,32 gramos por litro del alcohol en sangre" según los peritos.
La ley prevé para el delito de homicidio culposo una pena de entre seis meses y cinco años de prisión.
A Sosa le dieron la máxima, evaluando en su contra "la irreparable pérdida de la vida de una mujer indefensa, que ocasionó con una violencia inusitada como consecuencia de haberse embriagado voluntariamente a tal punto de perder la conciencia de sus actos", se sostiene en el fallo.
Además de la condena de prisión -por la que podría empezar a obtener beneficios de salidas transitorias en el 2011- el tribunal ordenó que Sosa "deberá someterse a un tratamiento psicoterapéutico destinado a que pueda controlar las ingestas alcohólicas, a fin de evitar la posibilidad de que recaiga en episodios de ebriedad que lo lleven a incurrir en conductas peligrosas para sí o para terceros", según se indicó en el fallo.




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