Country deberá indemnizar a niño que cayó de una yegua
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Por el contrario, el consorcio demandado y su aseguradora alegaron que el predio era totalmente apto y que no tenía ningún riesgo fuera de lo que es habitual para este deporte, por lo que adujeron "caso fortuito".
A lo largo del juicio desfilaron varios testigos, vecinos del country, algunos de los cuales dijeron que la pista no reunía las condiciones de un picadero profesional, y recordaron otro accidente ocurrido con esa yegua el mismo año en que se lesionó el menor.
Uno de los integrantes del consejo de administración del country habló de los problemas que tenían para el mantenimiento de la pista y de la existencia de accidentes, por lo que surgió la necesidad de contar con un servicio de ambulancia.
Para fijar la indemnización de 28.300 pesos, se tomó en consideración la entidad de la lesión, la edad de la víctima, las secuelas y que el menor era estudiante del Liceo Militar General San Martín.
Al confirmar un fallo de primera instancia, los camaristas Mario Calatayud, Osvaldo Mirás y Juan Carlos Dupuius reconocieron el "daño moral" causado por los "sufrimientos y angustias que seguramente ha debido atravesar" por haber estado un largo período inmovilizado con un yeso.
"Se encuentra debidamente acreditado que alguna deficiencia presentaba la pista, en tanto que la yegua que se había asignado al menor no era lo tranquila y dócil como pretende mostrársela, pues no era la primera vez que había ocasionado algún accidente", dice uno de los párrafos del fallo.
En cambio, el country no pudo demostrar la existencia de caso fortuito o fuerza mayor, que es aquel evento que no ha podido preverse o que aún previéndolo no ha podido evitarse, y tampoco se acreditó que haya mediado culpa de la víctima.




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