16 de diciembre 2021 - 17:33

Presupuesto nacional: obras por $96.500 millones y la zona aduanera incorporó Misiones

La compensación ambiental por 114 mil millones de pesos, quedó para más adelante.

El presidente del bloque de diputados del Frente Renovador misionero Diego Sartori fue, en el último segundo, la pieza clave para firmar el dictamen del Presupuesto nacional 2022 que el oficialismo quiere convertir en ley este mismo jueves. La firma del representante misionerista en el bloque Provincias Unidas se plasmó después de la inclusión de dos pedidos clave de Misiones: un paquete de obra por 96.500 millones de pesos que pone un poco de equidad en el reparto de los recursos federales, y la reiteración de un artículo para la creación de la Zona Franca, pero con el texto original diseñado por Misiones el año pasado, antes de que se acoplaran otras provincias y se conociera el veto de Alberto Fernández.

En la balanza, las negociaciones de Misiones resultaron un triunfo, ya que se consiguieron dos de tres: la compensación ambiental por 114 mil millones de pesos, quedó para más adelante.

Según especifica el portal www.economis.com.ar del paquete de 300 mil millones que había pedido el gobernador Oscar Herrera Ahuad en sendas misivas al jefe de Gabinete, Juan Manzur y el presidente de la Cámara baja, Sergio Massa, se consiguió incorporar 96.500 millones en obras de infraestructura, repartidas entre rutas, energía eléctrica, agua potable, escuelas y viviendas. Con la posibilidad, además, de poder negociar partidas.

Sartori insistió en la incorporación de la Zona Aduanera Especial, una exigencia de Misiones para sostener la competitividad de los últimos tiempos, en los que las fronteras cerradas demostraron que el reclamo era correcto.

La particularidad es que el texto que se incorpora al Presupuesto es el diseñado en 2020, cuando se aprobó el pedido en la comisión de Presupuesto.

El texto plantea la constitución de Misiones en Área Aduanera Especial -en los términos de los artículos 600 a 607 del Código Aduanero, ley 22.415- bajo la denominación “Polo de Desarrollo Productivo, Tecnológico y Exportador de Misiones. La zona aduanera se extenderá en las zonas geográficas específicas que determinarán el Poder Ejecutivo nacional y Misiones en el ámbito de la Corporación para el Desarrollo Estratégico del Polo Misiones”.

Los beneficios

El área Aduanera Especial gozará de los siguientes beneficios:

a) Eximición de imposición de todo impuesto nacional que pudiere corresponder por hechos, actividades u operaciones que se realizaren en el Polo Misiones, incluyendo productos medicinales, con excepción de aquellos que revistieren el carácter de tasas retributivas por servicios prestados.

A Modo enunciativo, la eximición aplica para los siguientes impuestos:

1. Impuesto a las Ganancias.

2. Impuesto al Valor Agregado.

3. Impuestos Internos.

4. Impuesto sobre los Bienes Personales.

5. Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.

6. Impuesto a los Combustibles Líquidos y el Impuesto al Dióxido de Carbono.

7. Impuesto sobre el Gas Oil y el Gas Licuado para uso Automotor.

8. Los impuestos nacionales que pudieran crearse en el futuro.

b) La importación para consumo de mercadería procedente del territorio aduanero general y que fuere de libre circulación en el mismo estará exenta del pago de los tributos aduaneros que la gravaren y de la aplicación de prohibiciones de carácter económico.

c) Las actividades productivas desarrolladas en el área aduanera especial serán objeto de un régimen de estímulo a las ventas de mercadería originaria de dicha área que se destinare al extranjero o a un área franca.

d) Cuando la mercadería fuere originaria y procedente de un área aduanera especial, la importación para consumo al territorio aduanero general estará exenta del pago de los tributos aduaneros que gravaren la importación para consumo y de la aplicación de las prohibiciones de carácter económico.

e) Todo otro beneficio que establezca el Poder Ejecutivo nacional a los efectos de reducir asimetrías impositivas y aduaneras en la zona de frontera.

También se creará en el ámbito del Poder Ejecutivo nacional y de Misiones la Corporación para el Desarrollo Estratégico del Polo Misiones cuyas funciones serán las de determinar los sujetos que accedan a los beneficios de la presente ley, conforme los requisitos que en ella se determinan. A los fines del usufructo del beneficio las empresas deberán inscribirse en el Registro que, a esos efectos, establezca la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Las empresas que accedan a los beneficios de la presente ley deberán cumplir con algunos de los siguientes requisitos:

a) El aumento de las ofertas laborales en el polo Misiones.

c) La incorporación de tecnologías de producto y procesos de producción compatibles con el estado del arte y la técnica.

d) Niveles crecientes de productividad y competitividad.

e) Reinversión de por lo menos el cincuenta por ciento (50%) de sus utilidades en la provincia

f) Cumplan con las pautas de responsabilidad social y ambiental empresarias vigentes en la provincia de Misiones.

g) Inversión en la formación y calificación de recursos humanos para el desarrollo científico y tecnológico.

También se autoriza la extensión de la Zona Franca Puerto Iguazú a los espacios físicos a determinarse dentro de la provincia de Misiones, manteniéndose, en tales extensiones, la autorización para realizar operaciones de comercio al por menor en los términos establecidos.

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