11 de septiembre 2024 - 19:19

Los anticipos de Ganancias y Bienes Personales quedaron nuevamente desactualizados

La inflación corrida desde 2022 a la actualidad está indicando la necesaria actualización de los valores a partir de los cuales corresponde la obligación, como es el caso de los anticipos y las retenciones

La inflación corrida sustenta la necesidad de actualizar mínimo de anticipos.

La inflación corrida sustenta la necesidad de actualizar mínimo de anticipos.

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No implicó en los hechos grandes modificaciones. Resultó un texto que replica casi en su totalidad la de la norma reemplazada, con adecuaciones a la numeración del último texto ordenado del tributo, con la actualización de importes y la incorporación de la Billetera Electrónica de AFIP como otra modalidad de pago.

Luego, la RG 5.388 reformuló los porcentajes de los 10 anticipos igualando el 10% para las micro, pequeñas y medianas empresas y manteniendo para el resto un primer anticipo de 25% y 9 de 8,33%. Para las personas humanas se mantuvo el régimen de 5 anticipos de 20%, en ambos casos sobre el impuesto determinado en el ejercicio anterior menos retenciones, percepciones y pagos a cuenta sufridos.

Para los sujetos del artículo 73 de la Ley del Impuesto a las Ganancias (sociedades y otros) se dispuso que deben pagar los anticipos cuando el importe determinado resulte igual o superior a $2.500 ( antes $ 500); mientras que para las personas humanas ese monto se eleva a $ 5.000 ( antes $ 1.000)

A la par, el organismo dictó la Resolución General 5.213 que modificó a su par 2.151, que reglamenta la determinación e ingreso de anticipos del Impuesto sobre los Bienes Personales, manteniendo el régimen de determinación (cinco anticipos de 20% del impuesto determinado del año anterior) y elevó de $ 1000 a $ 5000 el monto a partir del cual corresponde ingresar cada anticipo del gravamen.

Como se puede observar, en todos los casos, llevar los valores fijados en 2017 a 2022 significó multiplicar por 5 aquellos valores.

Un período de inflación relevante

Desde junio de 2022 a la actualidad transcurrieron aproximadamente 27 meses, un período de tiempo donde la inflación se descontroló marcando el mayor pico en enero de este año. Seguramente el factor de actualización dará mucho más que 5 veces.

No es necesario acudir al INDEC para percatarse de la desactualización, basta con ir al supermercado.

Adicionalmente no hay que olvidar que por un andarivel va el pago de los anticipos y por otro se siguen sufriendo retenciones y/o percepciones; es decir, también adelantando el tributo. Todo ello, en un marco de ausencia de reconocimiento de ajustes de valor, por caso la Resolución General 830.

Bajo este contexto, un Fisco comprometido con mitigar la carga fiscal de los contribuyentes debería actualizar estos y otros valores de manera de marcar una tendencia hacia ese objetivo.

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