El Ministerio del Interior estableció un viático de $40.000 para las autoridades de mesa en estas Elecciones 2023, para aquellos ciudadanos y ciudadanas que participen en los tres turnos electorales de las primarias abiertas simultáneas y obligatorias ( PASO), las elecciones generales y una eventual segunda vuelta. ¿Cuáles son los requisitos para ser autoridad de mesa?
Elecciones 2023: ¿cuáles son los requisitos para ser autoridad de mesa?
A falta de dos meses para la realización de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), el ministerio del Interior a cargo de Wado de Pedro oficializó el monto.
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Elecciones 2023: el Gobierno pagará $40.000 a las autoridades de mesa
Las autoridades de mesa percibirán $40.000 de viático durante las elecciones 2023.
La medida será publicada este miércoles en el Boletín Oficial e implicará una suma establecida por la cartera del Interior a cargo de Wado de Pedro.
Según estableció el ministerio encargado de organizar las elecciones en todo el país, "sólo podrá ser cobrado por aquellas personas que efectivamente se hayan desempeñado en la función asignada, por lo que, si por alguna razón el o la convocada se ausenta en alguno de los comicios, se le abonará la parte proporcional de la suma que le corresponda".
Los requisitos para ser autoridad de mesa
La presencia de las autoridades de mesa es obligatoria durante todo el desarrollo de los comicios y sólo se podrán ausentar –de a una por vez– solo temporariamente y deberán dejar constancia de ello en el acta complementaria.
Los requisitos para oficiar como autoridad en la votación son:
- Ser elector hábil
- Tener entre dieciocho (18) y setenta (70) años de edad
- Residir en la sección electoral donde deba desempeñarse
- Saber leer y escribir
- Estar inscripto en el padrón electoral
- No estar afiliado a ningún partido político
Responsabilidades del presidente de mesa
- Es la máxima autoridad de la mesa
- Ejerce sus funciones con absoluta independencia
- Tiene el deber de estar presente durante todo el comicio
- Debe velar por el correcto y normal desarrollo del acto comicial en su mesa
- Responde de sus actos ante el Juzgado Federal con competencia electoral (o la Junta Electoral Nacional) que lo/a designó
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