El gobierno quiere que el Congreso resuelva si los aviones de combate de la Fuerza Aérea tienen dificultades para derribar vuelos ilegales que no acaten la orden de aterrizar. Una historia casi con un final cantado, porque va a generar un intenso debate y los EE.UU. (país que provee de naves de guerra a la Argentina) vetará una medida semejante. Ningún país occidental de América y Europa -salvo Perú-, tiene una legislación similar. Y en el caso de Perú los derribos están autorizados para los vuelos ilegales que salen del territorio llevando drogas, no para los que ingresan. Sería el caso inverso al de la Argentina. Consultada la Fuerza Aérea, la síntesis es que los aviones no se derriban, salvo en caso de guerra. Estados Unidos, por un lado, desalienta el derribo de aviones porque entiende que sus vuelos serán los primeros en ser amenazados en todo el mundo si se libera esa facultad.
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La autorización para derribar un vuelo declarado ilegal hoy no existe en la Argentina. La razón para instalar el plan de radarización no comprende sólo la seguridad aerocomercial. También tiene que ver con el tráfico ilegal de drogas y contrabando en la frontera norte con Bolivia, Brasil y Paraguay. Una inquietud planteada en forma reiterada por Estados Unidos en la lucha contra el narcotráfico en el continente.
La autorización del derribo en vuelo, de aprobarse, tendría un alto poder disuasivo sobre el tráfico ilegal aéreo. En la actualidad, en reiterados ejercicios hechos por la Fuerza Aérea con dos radares móviles instalados en Posadas y Resistencia, se ha podido constatar lo siguiente: a) los vuelos ilegales diarios han disminuido a partir de la instalación de estos radares que funcionan con generadores a gasoil. b) Cuando se detecta un vuelo ilegal -es decir que no figura registrado-, los aviones de la Fuerza Aérea lo conminan a bajar el tren de aterrizaje y tomar tierra en el aeródromo más cercano. Cuando se trata de vuelos de particulares de la zona, lo acatan. Pero en su gran mayoría escapan hacia la frontera y la cruzan hacia algunos de los países limítrofes.
Se han firmado acuerdos para que, Brasil por ejemplo, continúe el seguimiento -después de todo, en algún momento tienen que aterrizar- y los detenga al bajar. Pero como esto supone una infraestructura de fuerzas de seguridad que no siempre están listas y en el lugar para operar, la presa escapa. Porque finalmente son las fuerzas terrestres las que tienen a su cargo la parte operativa contra el narcotráfico y el contrabando.
Control marítimo
La Armada y la Prefectura Naval, por ejemplo, pueden hacer el control del mar con fotografías aéreas que registran hora y lugar donde se está pescando ilegalmente. Y esas fotografías tienen valor judicial probatorio, por lo que el apresamiento en ocasiones puede hacerse más allá del límite de las 200 millas marinas. Con el agregado que pueden efectuar disparos intimidatorios para frenar la huida del pesquero infractor. Sobran los ejemplos en los últimos años. Del mismo modo, la Policía Federal, las policías provinciales, Gendarmería y Prefectura pueden operar en tierra de distintas formas sobre los que delinquen.
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