5 de agosto 2010 - 22:20

La CNV sumarió a ejecutivos y directores de Papel Prensa

La Comisión Nacional de Valores resolvió instruir un sumario a los miembros privados del Comité Ejecutivo, de la Comisión Fiscalizadora, del Consejo de Vigilancia y Directores titulares de Papel Prensa, por severas irregularidades en el funcionamiento de la firma.

La denuncia de las irregularidades fue realizada por Daniel Gustavo Reposo y Agustín Carlos Alberto Tarelli, en su carácter de síndicos titulares en representación del Estado Nacional en la Comisión Fiscalizadora de Papel Prensa S.A.

Según la resolución, desde 1992 los sumariados no han adoptado resolución ni confeccionado acta alguna de las deliberaciones del órgano colegiado, con las formalidades de los libros de comercio.

Entre los procesados se encuentran Héctor Horacio Magnetto, Bartolomé Luis Mitre, Julio César y Alejandro Julio Saguier, Jorge Carlos Rendo, Alberto Maquieira, Miguel Dante Dovena y el ex jefe de Gabinete, Alberto Fernández, entre otros.

En la denuncia se señala que "no obstante la absoluta inactividad registrada durante más de 18 años, sus miembros han percibido los honorarios aprobados por las respectivas asambleas generales ordinarias, en pago de los servicios que no prestaron, configurando ello verdaderos pagos sin causa, y el consiguiente perjuicio patrimonial para la sociedad".

El texto agrega que "la última acta del libro antes referido es la N° 92, correspondiente a la reunión llevada a cabo el 24 de junio de 1992, encontrándose en blanco las fojas subsiguientes".

El documento enviado a la Bolsa de Comercio de Buenos Aires señala que "de la compulsa efectuada de los antecedentes, no existe constancia de resolución adoptada por el mencionado Comité, después de la última reunión del 24 de junio de 1992" y que "no obstante la falta de actividad en cada uno de los ejercicios mencionados, dicho cuerpo fue debidamente integrado", mencionando a posteriori el listado de su composición en los últimos años.

La resolución remarca que "existe gravedad institucional dada la inactividad detectada desde el 24 de junio de 1992 hasta el presente, de un órgano permanente de la sociedad, que tiene a su cargo según el artículo 14 del Estatuto Social "la gestión de los negocios ordinarios de la sociedad bajo la vigilancia del Directorio", percibiendo sus integrantes, sin causa, los honorarios establecidos para el pago de servicios que no prestaron.

En otro orden indica que "sin incurrir en prejuzgamiento alguno, la investigación sumarial tiene por objeto precisar las circunstancias y reunir los elementos de prueba tendientes a esclarecer la eventual comisión de irregularidades individualizando a sus responsables".

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