La Iglesia criticó el fallo que permite el matrimonio gay
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En otro párrafo del comunicado, se explica que "la palabra matrimonio" alude justamente, a esa calidad legítima de "madre" que la mujer adquiere a través de la unión matrimonial".
"Con frecuencia se ha intentado asociar erróneamente el término "matrimonio" con el sacramento católico del mismo nombre, sin tener en cuenta que el vocablo y la realidad que quiere expresar, fue consagrado por el Derecho Romano muchísimo antes de que el cristianismo apareciese en la historia de la humanidad".
Además, la Iglesia sostiene que "esta decisión de la jueza de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podría considerarse contraria a distintos tratados internacionales con jerarquía constitucional desde 1994".
En ese sentido, se enumeran a "la Declaración Universal de los Derechos Humanos art. 16, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos art. 23 inc. 2 y la Convención Americana de los Derechos Humanos , art. 17 inc. 2 ss; de los cuales se deduce que sólo el matrimonio constituido por personales de distinto sexo es constitucional".
El comunicado se encuentra firmado por el Cardenal Jorge Bergoglio y los monseñores Joaquín M. Sucunza, Eduardo H. García, Raúl Martín, Oscar V. Ojea, Enrique Eguía y Luis A. Fernández.
Por su parte, el abogado Javier Andereggen realizó hoy una presentación ante la Justicia Civil, al considerar que la juez porteña Adriana Seijas, que autorizó el matrimonio entre Alejandro Freyre y José María Di Bello, es incompetente en este tema.
La jueza Seijas falló a raíz de un amparo que interpusieron Freyre y Di Bello, luego que se presentaran en un Registro Civil a fin de reservar turno para contraer matrimonio y les fuera denegado.
En su resolución, Seijas declaró la inconstitucionalidad de los artículos del Código Civil que establecen que el matrimonio sólo es autorizado cuando se trata de una pareja compuesta por un hombre y una mujer.
El abogado Andereggen pidió a la jueza en lo civil María Rosa Bosio la nulidad del trámite ante Seijas por "vicio de incompetencia".
Andereggen recordó en su escrito que de acuerdo a las normas vigentes, "cualquier persona puede denunciar la existencia de algunos de los impedimentos establecidos" por el Código Civil.




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