La Sala A de la Cámara Penal Económica confirmó los procesamientos dictados en la causa que investiga a dirigentes de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) por la presunta apropiación indebida de tributos y de recursos de la seguridad social, en una investigación por supuestas omisiones de depósito de retenciones impositivas y previsionales correspondientes a distintos períodos fiscales.
La Justicia confirmó el procesamiento de Claudio "Chiqui" Tapia y Pablo Toviggino
La Cámara Penal Económica ratificó la medida en una investigación contra dirigentes de la AFA por presunta apropiación indebida de tributos y de aportes de la seguridad social.
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Claudio “Chiqui” Tapia fue procesado en una causa por presunta evasión fiscal y retención indebida de aportes.
El tribunal recordó que la situación de Claudio “Chiqui” Tapia y de la propia AFA no fue analizada en esta resolución porque sus recursos de apelación habían sido declarados desiertos meses atrás, luego de que la defensa no presentara el memorial correspondiente dentro del plazo legal. De todos modos, el procesamiento dictado en primera instancia por el juez Diego Amarante quedó firme.
En cambio, la Cámara sí revisó las apelaciones de Pablo Toviggino, Gustavo Lorenzo, Víctor Blanco Rodríguez y Cristian Malaspina, quienes habían sido procesados como presuntos coautores de múltiples hechos de apropiación indebida de tributos agravada y de recursos de la seguridad social agravada. También quedaron firmes los embargos dispuestos sobre sus bienes.
La Cámara rechazó los planteos de nulidad de las defensas
Uno de los principales planteos de las defensas apuntaba a que el procesamiento carecía de fundamentos suficientes y debía ser declarado nulo. Sin embargo, los camaristas descartaron ese argumento al sostener que “la resolución recurrida… ofrece una motivación suficiente de lo decidido”, y agregaron que las críticas formuladas sólo reflejan diferencias con la valoración de la prueba realizada por el juez de primera instancia.
En esa línea, remarcaron que “la carencia de una motivación adecuada… sólo constituye una discrepancia” con el criterio adoptado por el magistrado y que ello no alcanza para invalidar el procesamiento.
Al analizar el fondo del expediente, la Sala concluyó que las apelaciones no lograron desvirtuar la prueba reunida durante la investigación. Según sostuvo, “los elementos de prueba… constituyen un cuadro probatorio idóneo y suficiente para sustentar” el procesamiento con el grado de convicción exigido en esta etapa del proceso.
El fallo también rechazó parcialmente los recursos del Ministerio Público Fiscal y de la querella. Los jueces entendieron que no existía un agravio concreto que habilitara la apelación respecto de determinados aspectos vinculados con el alcance de la imputación y declararon mal concedidos esos recursos.
La investigación se centra en la presunta omisión del depósito, dentro de los plazos legales, de importantes sumas retenidas por la AFA en concepto de IVA, Impuesto a las Ganancias y contribuciones a la seguridad social durante distintos períodos comprendidos entre 2024 y 2025. Los hechos fueron calificados provisoriamente como apropiación indebida de tributos y de recursos de la seguridad social agravada.
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