La Justicia confirmó el sobreseimiento de De la Rúa por las detenciones en diciembre de 2001
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Fernando de la Rúa.
En concreto, al ex presidente se le imputaba la figura que castiga a quien "teniendo noticias de una detención ilegal omitiere, retardare o rehusare hacerla cesar o dar cuenta a la autoridad que deba resolver, y al funcionario público que que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales.
Tanto en primera instancia como en la Cámara Federal, De la Rúa fue sobreseído con la "expresa mención que la formación del sumario en nada afecta su buen nombre y honor, pero el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), querellante, planteó el recurso de casación ahora rechazado por el máximo tribunal en materia penal.
Para el CELS, con ese fallo se corría el riesgo de "sentar un nefasto precedente institucional: que la figura del estado de sitio sirva para cubrir prácticas represivas, en violación a los límites fijados por la Constitución para esa excepcional situación.
Sin embargo, el camarista Rodríguez Basavilbaso - en un voto al que adhirieron sus colegas Madueño y Fégoli- sostuvo que "comparto que dicho tribunal (la Cámara Federal) adoptó en la etapa procesal oportuna pues considero que se ha efectuado una correcta inteligencia de las normas penales invocadas.
De la Rúa -agregó- "no tenía real conocimiento de las circunstancias que rodearon esas detenciones; es más, ni siquiera sabía que estaba interviniendo un juez y que éste había hecho lugar a un corpus hábeas en virtud del cual algunas personas ya habían sido liberadas y otras "estaban en el proceso de liberación lo que se produjo a los breves minutos.
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