Presentaron proyecto para despenalizar tenencia y cultivo de marihuana para consumo personal
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Aníbal Fernández.
En el artículo 1° de la ley que el senador puso a disponibilidad en su blog Anibalfernandez.com, se fija quién son posibles de pena por narcotráfico. Dice textual: "El que siembre o cultive plantas destinadas a producir o fabricar estupefacientes o guarde semillas de las mismas aptas para tal finalidad; b) Adquiera la tenencia o guarde precursores químicos, materias primas o elementos destinados a la producción o fabricación de estupefacientes; c) Produzca, fabrique o extraiga estupefacientes; d) Comercie con estupefacientes, los tenga con fines de comercialización, los almacene, transporte, o distribuya, será penado".
La pena es de ocho a 20 años de prisión para los que infrinjan la ley en grupo o bajo una organización delictiva transnacional, mientras que el resto serían de tres a diez años.
En el artículo 2° se materializa la despenalización del para aquellos que siembren y cosechen marihuana en pequeñas cantidades. "En cualquiera de los casos del artículo 1º la escala penal podrá reducirse a la mitad del mínimo y del máximo cuando el autor cometa el hecho como subordinado. No son punibles las acciones prescriptas en el inciso a) del artículo anterior cuando por su escasa cantidad y demás circunstancias surgiera que están destinadas al consumo personal y no se ponga en peligro la salud de terceros".
En el artículo 5º la despenalización alcanza a los pequeños consumidores. "El que tuviere en su poder estupefacientes que excedan un consumo personal será penado con uno a tres años de prisión. No es punible la adquisición y tenencia de estupefacientes cuando, por su escasa cantidad y demás circunstancias, surgiera que está destinada al consumo personal y no se ponga en peligro la salud de terceros".
Fernández detalló que la propuesta fue ingresada en la mesa de entradas de la Cámara alta, y que se trata del expediente S750/2012.




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