Ratifican que para pedir la nacionalidad argentina no habrá que renunciar a la de origen
-
La Justicia electoral habilitó una prueba piloto para juntar firmas digitales en proyectos de ley
-
CABA abrió la inscripción para futuros agentes del Servicio Penitenciario y avanza en la creación de la fuerza
Por el contrario, agregaron, la propia Ley de Ciudadanía Nº 346 establece de manera terminante que "no podrá negarse la ciudadanía por razones políticas, ideológicas, gremiales, religiosas o raciales".
La exigencia de declarar la religión para pedir la ciudadanía implica "una intromisión indebida a la garantía constitucional que consagra el derecho a la intimidad y a la amplia libertad de culto que postulan los preceptos contenidos en los demás artículos de nuestra Ley Fundamental y de los tratados internacionales con jerarquía constitucional", añadieron.
Todas las personas tienen "el derecho a no profesar ningún culto y a no declarar dicha circunstancia frente a una requisitoria de la autoridad pública o de particulares", destacaron, para ordenar el retiro de esa pregunta en el formulario de solicitud.
El fallo fue firmado por los jueces Ricardo Recondo, Alfredo Gusman, María Susana Najurieta, Ricardo Guarinoni, Graciela Medina, Martín Farrell, Santiago Ciernan y Guillermo Antelo.



