La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) fue condenada, junto a su presidente, Alfredo González en una causa por trabajo en negro. A esta pena, se suma otro fallo por acoso laboral.
Revés judicial para CAME: fue condenada por trabajo en negro
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo fue la encargada de determinar la sentencia. Su presidente también se encuentra implicado.
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La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo recalcó que "quedó demostrada la falta de registración de la relación laboral del actor, por lo que corresponde extender la condena al codemandado Alfredo Desiderio González en los términos de las normas citadas y en su carácter de Presidente de la entidad demandada.
"El artículo 274 de L.S., responsabiliza a los directores de las sociedades anónimas, y, por remisión del artículo 157, a los gerentes de las sociedades de responsabilidad limitada. En el marco de esta norma la responsabilidad se extiende a la totalidad de los créditos de cada trabajador. El armónico juego de los arts. 59 y 274 de la LS es muy claro en cuanto contempla la responsabilidad personal, solidaria e ilimitada de los administradores, representantes y directores que a través de sus conductas u omisiones, al margen de su comportamiento en relación a la normativa interna del ente societario, violen la legislación vigente", sostiene el fallo.
El revés sucede mientras algunas cámaras empresarias reclaman transparencia por fondos que administra la entidad y por el aporte obligatorio que deben pagar los asociados mensualmente por "capacitación" aunque sus empleados jamás se capaciten, aseguran fuentes del sector.
Esta contribución se efectúa desde el 2008 al Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP), y es por cada empleado de comercio, que alcanzan los 1.200.000 trabajadores. El aporte involucra el 0,50% del salario para la categoría Maestranza “A” inicial (es decir, aumenta con cada paritaria), por lo que se recaudarían, tomando ese parámetro, más de $60 mil millones al año, y gran parte los administra CAME.
Denuncia de acoso laboral contra su presidente de CAME
La Justicia embargó una cuenta de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y reclamó que el Banco Central informe otras cuentas para realizar un embargo preventivo, por una denuncia de acoso laboral contra su presidente, Alfredo González.
"El comportamiento en que incurrió la demandada es el que la doctrina ha tipificado como mobbing, esto es aislamiento de la trabajadora, destrucción de las redes de comunicación, difundir falsas informaciones u otras conductas que lesionen su integridad o dignididad", sostiene el fallo de primera instancia, que condena a CAME.
El fallo determina que "se acreditó la existencia de maltrato anterior a la ruptura del vínculo". No obstante, esto sucedió a pesar de que la empleada "se desempeñó de manera satisfactoria por el plazo de ocho años en la entidad demandada".
Además, el despido de la empleada denunciante ocurrió en noviembre de 2021, cuando regía la ley que prohibía los despidos debido a la pandemia, apenas asumió la gestión actual del CAME.
Entre sus acusaciones, la denunciante afirma que previo a ser despedida, extrajeron la computadora de su escritorio. Además, la excluyeron del grupo de Whatsapp que incluía a todo el equipo. También apuntó que blanquearon su contraseña y bloquearon su correo sin previo aviso, para que deje de tener acceso a la casilla de mail laboral.
Qué dijeron desde el CAME
La actuales autoridades del CAME afirmaron que "la confederación está a derecho. Hubo un embargo preventivo y nosotros no teníamos todo el dinero en el banco, pero están trabajando en eso los abogados y vamos a cumplir con todo lo que ordene la Justicia".
Por su parte, los abogados de la entidad centran la defensa en que se trató de un despido y no de acoso laboral, aunque reclaman que el expediente se maneje en reserva.
Además, el fallo determinó una condena para sus autoridades, que deberán pagar 6,8 millones de pesos a la víctima, 2,5 millones y 1,7 millón a los abogados de ambas partes, 1,35 millón al perito contador y la misma cifra al perito informático, más los intereses hasta la fecha de pago.
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