Senado avanza en ley que protege las reservas del BCRA
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El primer artículo de la propuesta establece que los bancos centrales extranjeros u otras autoridades monetarias extranjeras son inmunes a la jurisdicción de los tribunales argentinos. No obstante, estarán exceptuados de esa protección en caso de consentimiento expreso a través de un tratado, contrato, acuerdo de arbitraje o mediante una declaración escrita posterior al inicio de una controversia judicial; por reconvención basada en la misma relación jurídica o cuando la demanda haga eje en una actividad ajena a sus funciones.
El segundo artículo de la norma subraya que "los activos de un banco central extranjero o una autoridad monetaria extranjera que sean utilizados para el normal desenvolvimiento de las actividades estaduales relativas a la ejecución de la política monetaria, gozan de inmunidad de jurisdicción" ante la Justicia argentina respecto de cualquier medida coercitiva que pudiera afectarlos.
Asimismo, se establece que las disposiciones de esta ley serán instrumentadas a través de la suscripción de convenios bilaterales con las respectivas autoridades monetarias extranjeras.
Entre los fundamentos, se menciona "la experiencia del propio Banco Central de la República Argentina que en los últimos años se vio expuesto a desafíos judiciales en tribunales de diversas jurisdicciones". Entre sus fundamentos, se menciona que "la inmunidad soberana se presenta como un mecanismo de defensa que posee un Estado frente a cualquier acción legal interpuesta en su contra ante los tribunales de otro estado, de tal modo que los tribunales de un país no puedan juzgar a otro Estado.
En otro párrafo, se fundamenta que "el reconocimiento de las inmunidades jurisdiccionales" de los Estados surgen "como una necesidad de fortalecer la preeminencia del derecho y la seguridad jurídica" en razón de principios de independencia e igualdad entre los Estados "que se verían amenazados si los tribunales de un país ejercieran su autoridad sobre las personas o bienes de otro".
La idea de brindar protección a los activos de los bancos centrales extranjeros cuando son invertidos en otro país tiene su fundamento en "la conveniencia de preservar la capacidad de un país de poder manejar libremente su política monetaria y cambiaria".
Finalmente, los fundamentos mencionan que "la incorporación de la defensa de la inmunidad de jurisdicción y ejecución con relación a los bancos centrales extranjeros y a sus activos pretende poner a nuestro país a la vanguardia de las legislaciones sobre la materia, permitiendo que sea considerado como plaza de inversión por otros bancos centrales".
El vicepresidente Amado Boudou finalmente no asistió esta tarde a la sesión del Senado, por lo que era reemplazado en la conducción del debate por el presidente provisional de la Cámara alta, Gerardo Zamora.
Tras el procesamiento del Vicepresidente en el marco de la causa Ciccone, la oposición ya había advertido que en caso de que se hiciera presente el recinto le reiteraría sus cuestionamientos y el pedido para que pida licencia en el cargo.




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