5 de julio 2006 - 00:00

Solá busca crear Justicia Penal para menores y Tribunales del Niño

Los "delitos graves" cometidos por menores de edad en la provincia de Buenos Aires podrían ser juzgados por Tribunales Penales del Niño, en caso de avanzar un proyecto de ley impulsado por el gobernador Felipe Solá.

Ese proyecto, además, pone límites a los jueces para dictar medidas de seguridad "restrictivas de su libertad ambulatoria" a menores que, por su edad, son inimputables.

La iniciativa apunta a "complementar" la ley de Minoridad que fue sancionada el año pasado pero que todavía no se aplica, ya que fue suspendida por la Suprema Corte bonaerense tras un planteo de inconstitucionalidad realizado por la Procuración General.

El nuevo proyecto de Minoridad forma parte de un paquete de leyes que Solá envió ayer al Senado y que incluye una autorización a los municipios a condonar deudas por tasas; otra iniciativa que dispone la creación de secretarías de Ejecuciones Tributarias en los juzgados contenciosos; y una tercera que modifica el Código Procesal Civil y Comercial para habilitar el uso del correo electrónico como mecanismo de notificación e intimación judicial.

El Gobierno también incluyó en ese paquete el proyecto de ley de paritarias docentes, que establece que la educación no podrá ser considerada un servicio esencial, de acuerdo con lo señalado en la edición de la fecha por un matutino de La Plata.

El proyecto de Minoridad redactado por el Ejecutivo es una "complementación" de la ley que fue sancionada el año pasado y nunca se puso en funcionamiento porque su aplicación fue cuestionada por la Procuración.

Mientras la Corte resuelve la presunta inconstitucionalidad de esa norma, la idea es avanzar en el diseño de la nueva estructura para reorganizar el fuero judicial del Niño.

La nueva iniciativa impone para ese fuero las "reglas del debido proceso", entre las que se menciona la oralidad de las audiencias bajo pena de nulidad, el derecho de los niños a ser oídos y a que sea tenida en cuenta su palabra, el carácter reservado del proceso, la prohibición de difusión de identidad de los menores sujetos a actuaciones administrativas o judiciales.

Se dispone también la transformación de los Tribunales de Familia actualmente existentes en juzgados de Familia, que estarán conformados por un juez y un consejero y contarán con la asistencia y colaboración de un cuerpo técnico auxiliar integrado por un médico psiquiatra, un psicólogo y un trabajador social.

"Para llevar una mejor transición", se propone que las disposiciones referidas "comenzarán a regir el 1 de diciembre de 2007", procediéndose en el lapso intermedio a conformar los juzgados unipersonales de Familia.

En lo que respecta a la Justicia Penal de la Niñez, se dispone que estará a cargo de las actuales Cámaras de Apelación y Garantías en lo Penal, los Tribunales Penales del Niño (que se integrarán sólo para juzgar causas graves), los juzgados Penales del Niño, los juzgados de Garantías del Niño y el Ministerio Público del Niño.

El proyecto prevé que en cada departamento judicial funcione también un Cuerpo Técnico Auxiliar, a fin de asistir profesional y exclusivamente a los miembros del Fuero, tanto a los órganos jurisdiccionales como a los del Ministerio Público que intervengan.

También determina que en la Investigación Preliminar "en ningún caso" el niño será sujeto a interrogatorio por parte de autoridades policiales, prohibiéndose expresamente a los organismos administrativos con funciones de policía llevar antecedentes sobre los delitos atribuidos a los menores. Y la prisión preventiva no podrá exceder de 90 días, prorrogables por otros 90 días más.

En la etapa de juicio se dispone la creación del Tribunal Penal del Niño, que estará integrado por tres jueces penales del fuero y tendrá competencia en los "casos graves" (homicidios, abusos sexuales, privaciones ilegítimas de la libertad y
secuestros). En el resto de los delitos intervendrá el juez Penal del Niño.

Por otra parte, el proyecto limita la facultad de los jueces para disponer la internación en institutos de menores que, por su edad (menos de 16 años), son inimputables.

La iniciativa establece en ese sentido que "para causas de extrema gravedad (taxativamente homicidios dolosos y violación)" y sólo en "especialísimas circunstancias", el juez de Garantías del Niño "se encuentra habilitado para dictar una medida de seguridad restrictiva de su libertad ambulatoria por un plazo de hasta 90 días".

De todas maneras, en caso de que existan "hechos nuevos que lo ameriten", ese plazo podrá extenderse.
En otro orden, el gobierno presentó un proyecto orientado a que la imposibilidad de contar en el corto plazo con los juzgados de Primera Instancia de Ejecuciones Tributarias sea "subsanada parcialmente" con la puesta en marcha de secretarías de Ejecuciones Tributarias.

En la iniciativa enviada al Senado se indica que será habilitada una secretaría de ese tipo en cada uno de los juzgados de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo. Y se prevé también que en cada Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo funcionará una secretaría de Ejecuciones Tributarias.

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