29 de octubre 2003 - 00:00
Incautan la mercadería a los deudores impositivos
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El director de Rentas de la Ciudad, Alejandro Otero, aseguró que la moratoria impositiva constituye «un caso excepcional» como consecuencia de la crisis que se desató en diciembre de 2001, tras la caída del ex presidente Fernando de la Rúa.
«Cuando se dan situaciones excepcionales como se dieron en la Argentina hay que responder con situaciones excepcionales», señaló Otero al justificar la medida.
La moratoria de la Ciudad de Buenos Aires abarcará a las tasas de Alumbrado, Barrido y Limpieza, patentes, Ingresos Brutos, contribución por publicidad, y uso y ocupación de la superficie, el espacio aéreo y el subsuelo de la vía pública.
En el caso de la provincia de Buenos Aires, la propuesta anunciada ayer será elevada a la Legislatura provincial, junto con una serie de decretos del Poder Ejecutivo y resoluciones de la Dirección de Rentas.
El plan bonaerense de facilidades de pago permitirá abonar deudas tributarias al 31 de diciembre de 2002, aunque medie sentencia judicial y remate para el caso de Ingresos Brutos e Inmobiliario.
El objetivo del programa, según explicó el ministro de Felipe Solá, «es que todos los contribuyentes que tienen obligación fiscal ingresen en el sistema tributario provincial y paguen los impuestos que les corresponden». Veamos en detalle el programa:
c Excluye: contribuyentes de Ingresos Brutos con impuestos adeudados correspondientes a 2002 por una cifra superior a 500 mil pesos y de Impuesto Inmobiliario en relación con inmuebles cuya valuación fiscal sea superior a 250 mil o a 500 mil pesos, según se trate de planta urbana edificada o rural.
c Deudas: vencidas y reconocidas por el contribuyente se podrán pagar en hasta 36 cuotas con un interés de financiación de hasta dos por ciento mensual sobre saldos.
c Automotores: el límite de referencia será de 30 mil pesos, y la deuda se recalculará de acuerdo con la última cuota vencida el 31 de diciembre de 2001.
c Bonificaciones: hasta 33 por ciento para la cancelación anticipada de planes de pago vigentes.
c Código civil: el proyecto también prevé modificarlo, con la intención de sancionar con la incautación de la mercadería a los deudores impositivos.
c Embargos: otorga a la Dirección de Rentas la facultad de trabar embargos sobre cuentas o activos bancarios y financieros, bienes inmuebles o muebles registrables, sueldos elevados y otras remuneraciones.
La medida, de acuerdo con lo indicado en el proyecto de ley, se puede aplicar una vez que se haya iniciado el juicio contra el contribuyente moroso.
Además, el gobierno bonaerense planea «un sistema de sorteos y premios para los poseedores de comprobantes y facturas de los pagos» de sus compras. La iniciativa, según indicó Otero, es para «incentivar el pedido de tickets o facturas».




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