22 de mayo 2006 - 00:00

"No ordené la muerte; ordené la vida digna"

La magistrada argumentó que los tratamientos a los que era sometido el niño eran «cruentos e inconducentes respecto de una muerte digna», y aseguró que «tanto los médicos como los familiares están en mejores condiciones que un extraño para evaluar lo que sería mejor para el niño».
Según la jueza de Familia, Niñez y Adolescencia N° 2 de Neuquén, «la opción de médicos y progenitores expresada a favor de cuidados paliativos no invasivos presupone la opción a favor de dos actitudes fundamentales: el respeto por la dignidad de la persona y la aceptación de la finitud de la condición humana».
 Motivos
«Invocar en el caso el derecho a la vida con objeto de imponer sobrevida del paciente, vinculándolo en forma permanente a una máquina, en un ambiente en el que el marco de contención familiar se encuentra sumamente condicionado, supone que la prolongación en el tiempo constituye un valor ontológicamente absoluto y superior a la dignidad de la persona», añadió.
La jueza señaló que su decisión fue refrendada no sólo por la familia del menor, sino también por los médicos y la Defensoría de los Derechos del Niño de Neuquén, y se ocupó en remarcar que «éste no es un caso de eutanasia».
La medida fue dispuesta el 20 de marzo último y se trata del primer caso en este sentido en el país. La jueza tomó la decisión tras analizar la presentación concretada por el director del hospital Castro Rendón, José Russo.
El niño, de 11 años, sufre una enfermedad terminal, y sus padres hicieron la presentación ante la Justicia para que no se lo someta a tratamientos invasivos y se le permita tener «una muerte digna», en su propia casa.

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