14 de marzo 2024 - 15:09

DNU de Javier Milei: la Justicia suspende los artículos que habilitan las Sociedades Anónimas Deportivas

Luego de la suspensión del capítulo laboral, la Cámara Federal de San Martín resolvió el fallo sobre los artículos 335 y 345 del documento del Poder Ejecutivo.

La Justicia resuelve sobre la habilitación de las SAD. 

La Justicia resuelve sobre la habilitación de las SAD. 

Según explicó la Justicia, “no se verifican, al menos en este estado liminar de la causa, los extremos requeridos por la normativa y jurisprudencia citada para el dictado del DNU cuestionado -en la materia de que se trata-, al no evidenciarse y tampoco explicitarse una situación de excepcionalidad o de necesidad que justifique la adopción de las medidas aquí analizadas”. Y subraya: “Tampoco se advierte la imposibilidad de elegir una decisión menos gravosa (trámite parlamentario), ni que las ventajas de la vía escogida sean mayores a las desventajas advertidas”.

Los actores judiciales suspenden así una nueva norma incluida dentro del decreto, luego de que se suspendiera el capítulo de reforma laboral tras un pedido de la Central General de los Trabajadores (CGT).

“Los artículos alteran el estado de situación de un colectivo de incidencia social como son las entidades deportivas, pues impide desarrollar su vida asociativa”. La Justicia indicó que la suspensión busca proteger a las asociaciones con fines útiles, la libre asociación y la autonomía de la voluntad y reserva de acciones privadas", agrega el fallo.

De esta manera, un segundo capítulo del DNU queda pausado mientras que el resto de los artículos y leyes se encuentran vigentes hasta un eventual rechazo o aprobación en las cámaras legislativas.

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Nuevo revés para Javier Milei tras la suspensión del capítulo deportivo del DNU.

Nuevo revés para Javier Milei tras la suspensión del capítulo deportivo del DNU.

Qué dice el DNU sobre los clubes y las sociedades anónimas

En los dos artículos referidos a los clubes deportivos y las sociedades anónimas el Gobierno señala la necesidad de incorporar en la Ley de Sociedades Anónimas que “no podrá impedirse, dificultarse, privarse o menoscabarse cualquier derecho a una organización deportiva, incluyendo su derecho de afiliación a una confederación, federación, asociación, liga o unión, con fundamento en su forma jurídica, si la misma está reconocida en esta ley y normas complementarias”.

“Las asociaciones, federaciones y confederaciones deportivas dispondrán de un año, contado a partir de la reglamentación del presente, para modificar sus estatutos a efectos de adecuarse a los términos previstos por aquel, lo que deberá ser aplicado sin perjuicio del cumplimiento de los mandatos preexistentes”, se establecía, por su parte, en el artículo 345.

Debate del DNU en el Senado

Mientras tanto, la Cámara de Senadores debate en la sesión de este jueves el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, en medio de tironeos internos entre el presidente Javier Milei y su compañera de fórmula y titular de la cámara alta, Victoria Villarruel.

Desde este jueves a las 11 horas, la Vicepresidenta de la Nación dirige una sesión en donde el bloque de Unión por la Patria está a cuatro votos de asegurarse el rechazo al DNU, su principal objetivo legislativo a corto plazo.

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