Aprobación "exprés" a reducción de Ganancias
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Con ello, el Poder Ejecutivo contaría con esta herramienta, anunciada el viernes pasado en la Casa de Gobierno, antes del 15 de setiembre, fecha fijada por ley para la presentación del Presupuesto 2008.
Diputados del radicalismo, del PRO y de Autodeterminación y Libertad plantearon en las disidencias al dictamen cuestiones como la inclusión de autónomos y monotributistas en la ley enviada.
También piden la modificación de la tabla de porcentajes que estipula los descuentos y el aumento de la coparticipación del impuesto al cheque para los Estados provinciales, debido a que -según aseguraron- con esta modificación las provincias son las que pierden mayor cantidad de ingresos.
El proyecto contempla un incremento del mínimo de ganancias netas de deducciones personales del trabajador a partir de los actuales $ 48.000 hasta los $ 91.000, con carácter retroactivo al 1 de enero de este año. Esto implicaría un costo fiscal inicial de $ 1.500 millones para el Estado nacional.
La medida disminuye a cinco los tramos de ganancias e incrementa el monto de ganancias netas a partir de los cuales comenzarán a sufrir reducciones las deducciones previstas en el artículo 23 de la ley del gravamen. Esta modificación a la « tablita» impuesta por el ex ministro de Economía de la Alianza José Luis Machinea prevé también «una nueva escala para las deducciones anuales en concepto de ganancia no imponible, cargas de familia y deducción especial», según se explicó en el dictamen.
Las deducciones sirven a los efectos de determinar el citado gravamen correspondiente a personas físicas y sucesiones indivisas, lo que lleva a que el mínimo pase de los $ 4.600, anunciados por el propio Alberto Abad, director de la AFIP, a los $ 7.500 mensuales que se desprenden del proyecto de ley.
También incluye un incremento de las cargas familiares por cónyuge e hijos, de $ 6.000 a $ 8.000 para el primer caso y de $ 3.000 a $ 4.000 para el segundo. El cuadro se completa de la siguiente manera: para más de $ 91.000 y hasta $ 130.000, con una disminución a 50% por sobre el total de las deducciones por Ganancias; de $ 130.000 a $ 195.000, a 70%; de $ 195.000 a $ 221.000, a 90%; y sin reducciones para valores mayores que esta última cifra.




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