23 de mayo 2002 - 00:00

La protección legal que pide el Central

«Las decisiones tomadas por los funcionarios de cualquier instancia o dependencia del Banco Central o la Superintendencia de Entidades Financieras no son revisables en sede judicial, salvo que mediara arbitrariedad o ilegitimidad manifiesta

Este es uno de los puntos centrales del proyecto conocido como «ley de inmunidad» que el titular del Banco Central, Mario Blejer, solicitó formalmente al presidente de la Nación, Eduardo Duhalde.

Para que no queden dudas, también se reforma el clave artículo 35 bis de la Ley de Entidades Financieras, incluyéndose el siguiente apartado: «No podrán imputarse responsabilidades personales a los funcionarios que tomen decisiones tendientes a la reestructuración de una entidad financiera, sin que exista una decisión judicial firme que adjudique responsabilidad al Banco Central».

De esta forma, quedaría dispuesto que previamente a la acusación de un director del Central, la acción debe dirigirse contra la propia institución.

Aunque no lo aclaró formalmente, Duhalde estaría dispuesto a aprobarlo a través de un decreto de necesidad y urgencia para darle celeridad. Recién después se llevaría a la discusión legislativa, pero los legisladores reconocen que no hay demasiado margen para que sea refrendado en forma rápida.

El borrador del proyecto -al que tuvo acceso Ambito Financiero- consta de 19 artículos que reforman tanto la Ley de Entidades Financieras como la carta orgánica del Banco Central. Los cambios que se disponen a distintos artículos pasan, fundamentalmente, por dos cuestiones centrales:

1) dotar de nuevos mecanismos a la autoridad monetaria para intervenir en el mercado,
y

2) brindar una protección legal al directorio ante decisiones complejas como el otorgamiento de asistencia financiera a bancos o la suspensión de entidades.

• Explicaciones

El gerente de asuntos jurídicos del BCRA, Marcos Moiseff, explicó que «se trata de una protección legal para decisiones discrecionales que deben tomar en la Superintendencia de Bancos», explicando que « desde ya no se trata de resguardar a algún funcionario en particular».

El proyecto establece un mecanismo denominado como «
intervención judicial» para los casos en que se designen interventores para una entidad financiera. En ese caso, deberá notificar de inmediato al juzgado comercial competente sobre los « actos urgentes» que adopten los interventores designados. Sobre ellos, dispone el proyecto, « no se podrán dictar medidas que afecten su eficacia y ejecutividad».

La aprobación de esta ley figura como uno de los temas que incluyó en la agenda el Fondo en marzo pasado, que en realidad viene insistiendo con esta cuestión desde 1998. Ahora, ante la necesidad de avanzar con eventuales fusiones y cierres de bancos, el tema se transformó en prioritario.

Varios ex funcionarios del Banco Central continúan procesados por causas que datan de hace siete u ocho años. Por ejemplo, los ex presidentes
Roque Fernández y Pedro Pou tienen procesos abiertos por el cierre del Banco Feigin (a principios de 1995), al igual que el ex superintendente Eugenio Pendás. En tanto, otro ex director, Miguel Ortiz, continúa procesado por los cierres de los bancos Mayo y Patricios.

Moiseff señaló que este nuevo proyecto no protege a funcionarios que actúen con dolo: «
El abuso de autoridad o si se comprueba que en determinada decisión se tomó en beneficio personal obviamente serán considerados delitos».

Otro artículo apunta a deslindar las responsabilidades del BCRA por el otorgamiento de redescuentos: «El Banco Central podrá brindar asistencia crediticia a aquellas entidades con problemas de liquidez y/o solvencia, cuando a juicio exclusivo de su directorio la negativa a otorgar esos recursos pudiera generar efectos sistémicos negativos».

También el proyecto establece explícitamente el proceso que se estuvo utilizando en los últimos días para salvar a determinados bancos, como el del Suquía, Bersa y Bisel. En estos casos, se utilizó la figura de fideicomisos, conformados con la exclusión de determinados activos y pasivos de las entidades en cuestión.

Dejá tu comentario

Te puede interesar