10 de diciembre 2007 - 00:00

Leche: reclamo de cartelización no tendrá éxito

El destino que tendría la denuncia por cartelizaciónque quieren realizar los tamberos ante la imposición de un precio de referencia que les paga la industria está marcado. Sería idéntico al que tuvo un caso similar el año pasado en el mercado del trigo. Fue cuando la Confederación de Asociaciones Rurales (Carbap) denunció por cartelización a un grupo de exportadores (Nidera, Cargill y Bunge, entre otras compañías) porque compraban trigo a un valor idéntico (fijado por los acuerdos de precios oficiales). La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) desestimó la denuncia porque consideró que los acuerdos de precios son parte de la política económica del gobierno, adoptada para evitar que los valores de comercialización internos aumenten a la par de los internacionales, y por lo tanto no constituyen una cartelización espontánea.

El criterio, según explicó Alejandro Demarie, del estudio M. & M. Bomchil, se repetiría en el caso de la leche. El especialista cree que la CNDC dirá que las regulacionesconsecuencia de políticas públicas no pueden ser desoídas por la industria láctea. Y que como figura en el dictamen del caso Carbap, «el Estado intervino en el mercado de un producto básico para la alimentación, conformando ello una política estadual de precios que elude la normal persecución de conductas repugnantes al espíritu de la Ley 25.156 (de Defensa de la Competencia)».

Según coinciden los abogados especializados en el tema, lo que difícilmente pueda volver a decirse es que, como también figura en la resolución del caso Carbap, es que «el Estado ha intervenido de forma excepcional y por un tiempo determinado» en el mercado. La particularidad que tiene el dictamen que tuvo por objeto a los precios de referencia del trigo, y se repetiría en la leche, es que fue elaborado y firmado por el secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, a la vez que es él quien impuso a los exportadores el valor al que deben comprar a los productores. Juez y parte.

F.L.

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