Las pequeñas y medianas empresas (PyMEs) y las familias son los principales beneficiados por el nuevo régimen de capitales mínimos para el sistema financiero. Porque los bancos verán ahora incrementada su capacidad de financiación, en términos del capital exigido, en 116% en el caso de las PyMEs y de 260% para los créditos personales. En detrimento del sector público, hacia el que deberán reducir 63% la capacidad de financiación. En el caso de grandes empresas, los bancos experimentan un incremento de 44% en el monto de la financiación posible.
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Estos números surgen de analizar el impacto de la normativa pergeñada por el directorio del Banco Central sobre capitales mínimos (Comunicación «A» 3.959) que va en sintonía con los lineamientos del Palacio de Hacienda y del propio presidente Néstor Kirchner en pos de aumentar el crédito a las PyMEs y a las personas.
Con el nuevo régimen, las grandes empresas, las PyMEs y las personas tienen un tratamiento similar en cuanto al requerimiento de capital que el Central exige a los bancos. Esto no ocurría con el régimen anterior, que precisamente discriminaba a los tomadores de crédito a favor del sector público y las grandes empresas, castigando más a las PyMEs y las personas. Porque se suponía que el sector público no caía en default y por ende tenía implícito menor riesgo, al igual que las grandes empresas, mientras que las PyMEs y las personas eran consideradas de mayor riesgo crediticio y, en consecuencia, se les exigía a los bancos más capital para canalizar préstamos a estos sectores. Desde el punto de vista del negocio bancario, con el nuevo régimen ahora no importa tanto el tipo de cliente. De modo que entidades de menor porte (menor capital) podrán financiar más a PyMEs y a personas que anteriormente. Estos bancos, en su mayoría pequeños, armaban negocios, por ejemplo, financiando a personas vía descuento sobre el recibo de sueldo pero se veían obligados a pasar la cartera a los grandes bancos -que tenían mayor respaldo- al no tener el capital exigido. La sutil diferencia con el régimen anterior es la eliminación del ponderador de riesgo, que está asociado al nivel de la tasa de interés nominal del crédito. Este indicador en el caso del sector público y grandes empresas era de 1 mientras que para PyMEs era de 1,5 y para personas de 2,5.
¿Cómo operaba? Los bancos debían tomar la exigencia básica de capital de 3% para el sector público y de 11,5% para el sector privado y multiplicarla por el ponderador. De modo que la exigencia de riesgo crediticio era de 3% para prestarle al Estado; de 11,5%, a las grandes empresas; de 17,3%, a las PyMEs, y de 28,8%, a las personas.
Esto, traducido en el monto de financiación posible por cada $ 100 de capital nuevo o excedente, era de $ 3.333 para el Estado, $ 870 para grandes empresas, $ 580 para PyMEs y $ 348 para personas.
Con la nueva normativa no sólo se aplica una exigencia de capital de 8% sobre los activos de riesgo (préstamos, bonos) igual para el sector público que para el privado, sino que se suspende la aplicación de la exigencia de mayores capitales en función de la tasa de interés de los préstamos. El cambio implica que por cada $ 100 de capital nuevo o excedente, el banco puede prestar $ 1.250 al sector público y al privado.Así se reorientaría el crédito a favor de las PyMEs y las personas ante la menor exigencia de capital requerido.
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