La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó ayer el lanzamiento de un nuevo régimen de tercerización del cobro de deudas impositivas registradas por el organismo recaudador. La medida, adelantada hace un mes por este diario, fue oficializada por el propio administrador de la AFIP, Armando Caro Figueroa, y el titular de la Dirección General Impositiva, Horacio Rodríguez Larreta, que detallaron que la idea es administrar a través de terceros el cobro de «287 mil juicios en ejecución contra contribuyentes morosos por el pago de $ 4.900 millones de obligaciones fiscales, que con intereses y punitorios llegaría a los 10.000 millones de pesos».
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Caro Figueroa afirmó que se «reforzará la planta de abogados, ya que la cantidad de personas sujetas al control automático pasará de 230.000 a 2.900.000 contribuyentes y consecuentemente se van a producir más boletas de deuda».
Caro Figueroa señaló que los abogados serán elegidos «a través de un concurso público y que tendrán como honorarios 5% del monto de los juicios en primera instancia y de 10% cuando el caso tenga sentencia favorable a la AFIP. Dijo también que «primero cobrará la AFIP y después lo harán los abogados».
Los abogados que serán citados por la AFIP deberán tener entre 28 y 65 años, un mínimo de tres años de antigüedad de posesión de la matrícula y el pago de un arancel de cien pesos. Por otro lado, Rodríguez Larreta confirmó también que entre hoy y el lunes se publicará en el Boletín Oficial la reglamentación de la moratoria impositiva. Tal como adelantó este diario, el llamado incluirá la necesidad de pagar las cuotas con débito automático, con lo cual se exigirá previamente la apertura de una cuenta corriente o caja de ahorro. Además, para la inscripción de la moratoria impositiva, que se realizará entre diciembre y enero, no se exigirán garantías ni el pago de 5% del total adeudado para ser aceptados en el plan.
En este llamado se permitirán incluir deudas de todos los impuestos, incluyendo IVA, Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, Bienes Personales, endeudamiento empresario e internos. En estos casos la tasa que se exigirá es de 0,5% mensual (6% anual) en plazos de hasta 10 años. Se podrán cancelar además deudas provenientes de los aportes previsionales, también con tasas de 0,5% anual; pero en estos casos el plazo máximo será de tres años. La caída del plan será luego de 5 cuotas impagas consecutivas.
Todas estas características convierten al llamado en el más conveniente de todos los lanzados en los últimos 10 años.
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