9 de diciembre 2004 - 00:00

Reglamentan ley de control fiscal

El régimen de responsabilidad fiscal entrará en vigencia a partir del primer día de 2005, al publicar hoy el Gobierno nacional la reglamentación correspondiente en el Boletín Oficial.

La norma, sancionada en agosto pasado por el Parlamento, establece reglas de comportamiento fiscal y procura dotar de una mayor transparencia a la gestión pública, tanto para las provincias como para la Nación, aunque en este último caso todavía no entrará en vigencia ante la necesidad del Gobierno de contar con poderes extraordinarios en base a la prórroga de la emergencia económica.

La autoridad de aplicación del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal será el Ministerio de Economía, hasta que adhieran al sistema al menos 12 provincias.

Hasta ahora las provincias que adhirieron al régimen son Jujuy, Tucumán, Formosa, Santa Fe y Entre Rios, mientras que Buenos Aires adelantó su postura a favor y Neuquén y Catamarca manifestaron su rechazo.

El régimen que limita el endeudamiento de la Nación y de provincias y de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, fue sancionada por el Parlamento el 4 de agosto pasado.

La Ley de Responsabilidad Fiscal fue impulsada por el gobierno nacional como un gesto de buen voluntad de cara las negociaciones con el Fondo Monetario Internacional (FMI), ante las imposibilidad de poner en marcha el próximo año un nuevo esquema de Coparticipación Federal.

La ley establece que la proyección de gastos de la provincia no pueden superar la evolución del PBI y contempla que el endeudamiento no supere 15 por ciento de los gastos corrientes.

También prevé aplicar sanciones económicas a los distritos que incumplan con la ley.

Este último punto fue criticado desde sectores opositores debido a que no contempla penas específicas para los funcionarios que incumplan con los compromisos, como sucede en Brasil y Chile.

Las sanciones para cada jurisdicción serán, entre otras, las restricciones al derecho de voto en el Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal -el órgano de aplicación del régimen- y el otorgamiento de beneficios impositivos.

El régimen creado por la ley entrará en vigencia a partir del primero de enero del 2005, mientras que en las jurisdicciones que se sumen con posterioridad, la norma regirá a partir de la fecha de adhesión de las respectivas legislaturas.

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