El Senado aprobó ayer el proyecto que establece la aplicación de la figura de asociación ilícita en el delito de evasión, pero introduciendo modificaciones. De esta forma trabaron la sanción definitiva de la iniciativa que inmediatamente deberá volver a Diputados, contrariando así la voluntad de Roberto Lavagna, que quería mostrarles a los técnicos del FMI que todo el paquete antievasión estaría vigente en enero de 2004, meta que ahora se ve complicada.
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Para lograr ese objetivo el ministro debe conseguir ya que los diputados sancionen la aplicación de asociación ilícita a la evasión el próximo miércoles. De lo contrario, los plazos se complicarán. Es que el 10 de diciembre se renueva la mitad de la Cámara baja y por lo tanto deben volver a constituirse todas las comisiones, trámite que hoy está complicado en Diputados. Como el proyecto devuelto por el Senado deberá ser tratado nuevamente en comisión, los plazos podrían alargarse, incluso más allá del 31 de diciembre. Además, los senadores aprobaron los cambios con los dos tercios de los votos, por lo que a Diputados no le quedará margen para rechazar la sanción del Senado si el radicalismo apoya lo resuelto en la Cámara alta.
A todo eso se suma que el proyecto nunca contó con la simpatía de diputados y senadores -por eso la postergación que lo dejó para último momento- cuando el resto del paquete antievasión fue aprobado hace meses.
La modificación que introdujeron los senadores establece, básicamente que la figura de asociación ilícita se incorpore a la Ley Penal Tributaria y no al Código Penal como había pedido el gobierno. El cambio, más allá de las implicancias técnicas, no puede ser separado de los conflictos que se vivieron en las últimas semanas cuando el ministro de Economía frenó el amplio plan de pagos para morosos impositivos y previsionales que habían elaborado los senadores. Una suerte de devolución de favores.
Los cambios impulsados ayer en el Senado no cambian en realidad el fondo del proyecto original que presentó el gobierno de Néstor Kirchner en julio pasado. Este impulsaba la posibilidad de aplicar sanciones penales (que incluyan prisión efectiva), ante algunas acusaciones de evasión impositiva a las que se les aplicaría la figura de asociación ilícita. El proyecto primario hablaba de aplicar la acusación sin especificar los casos a los cuales se llevaría esa figura penal. Las primeras negociaciones con los legisladores justicialistas llevaron al Ministerio de Economía a modificar la idea original, y mencionar específicamente a cuáles casos de evasión se aplicaría la sanción. Según los reclamos de la AFIP, las situaciones sobre las cuales debería recaer la asociación ilícita serían cuando dos o más personas conforman un grupo para confeccionar y comercializar facturas apócrifas y cuando la reunión se conformó para alterar los «software» del organismo, especialmente en los casos de las «cajas negras». Estos dos fueron entonces las situaciones que incluyó el proyecto oficial que avanzó en el Congreso.
La modificación que incluyó el Senado es que la norma complemente la ley penal tributaria y no forme parte del Código Penal. La diferencia es instrumental y no de fondo, pero le da un mayor nivel jurídico y le otorga al contribuyente la posibilidad de cancelar la deuda que reclama la AFIP, lo que no sucedería si la acusación fuera dentro del Código Penal.
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