Ya rige nuevo régimen para importaciones: habrá que esperar entre 3 y 10 días para obtener autorización
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De lo contrario, añade, "en caso de observaciones, se deberá tomar conocimiento de la misma en el organismo respectivo".
El artículo 3º ratifica que la medida "entrará en vigencia a partir del 1 de febrero de 2012, inclusive", aunque "sus disposiciones no serán de aplicación respecto de las operaciones que se encuentren en las condiciones previstas en el artículo 8º de la resolución general 3252 o cuenten con una Carta de Crédito irrevocable abierta o documento equivalente o un pago anticipado efectuado con anterioridad a la fecha indicada precedentemente".
En el anexo de la nueva resolución se detallan los requisitos que tendrán que cumplimentar los importadores y se establece quiénes están exentos de presentar la declaración jurada anticipada. (Ver anexo)
Entre otras cuestiones, se destaca que la DJAI tendrá una vigencia de 180 días desde su oficialización, prorrogables; que su estado podrá ser consultado a través de Mis Operaciones Aduaneras (MOA) y que las declaraciones que se estén totalmente afectadas por importaciones a consumo pasarán a estado "cancelada".
En tanto, están alcanzadas en el listado de excepciones aquellas que tengan que ver con régimen de reimportación; importación o exportación para compensar envíos de mercaderías con deficiencias; donaciones; muestras; franquicias diplomáticas; importación de mercaderías con franquicias de derechos y tributos; courier; envíos postales; envíos escalonados aprobados con anterioridad al 1 de febrero y planta llave en mano aprobadas previo a esa fecha.
La medida generó incertidumbre entre los importadores brasileños y los industriales argentinos, quienes deben traer al país piezas que no se fabrican aquí. Incluso, el titular de la UIA, José de Mendiguren, volvió a ayer a manifestar su preocupación, luego de que la semana pasada pidiera al Gobierno que postergara la entrada en vigencia de la norma.




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