El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) declaró oficialmente la validez de la Audiencia Pública N° 109, realizada el 7 de octubre pasado, en la que se analizaron las solicitudes de Camuzzi Gas del Sur, Naturgy NOA y Gas NEA para extender por 20 años sus licencias de distribución del servicio público de gas natural.
Enargas validó la audiencia pública por la prórroga de concesiones de gas por 20 años
El ente regulador declaró la plena validez del proceso de participación ciudadana que debatió la extensión de las licencias de Camuzzi, Naturgy NOA y Gas NEA.
La resolución firmada por Carlos María Casares confirma que se cumplieron todos los requisitos legales y administrativos, y despeja el camino para elevar una propuesta a la Secretaría de Energía sobre la continuidad de las concesiones.
La decisión fue adoptada a través de la Resolución 794/2025, firmada el 24 de octubre por el interventor Carlos María Casares, y publicada este lunes en el Boletín Oficial. El texto confirma que el proceso “respetó todas las normas procedimentales y sustantivas” previstas en la Ley N° 24.076, su decreto reglamentario y la normativa específica sobre audiencias públicas.
El acto administrativo es el paso previo necesario para que el Enargas eleve a la Secretaría de Energía su propuesta sobre la renovación de las licencias por dos décadas adicionales, tal como lo prevé el artículo 6° de la Ley 24.076, modificada en 2025.
Esa norma dispone que, dieciocho meses antes del vencimiento de las habilitaciones, el ente regulador debe evaluar la prestación del servicio y someter el resultado a consulta pública, antes de proponer al Poder Ejecutivo la continuidad o no de las concesiones.
La Audiencia Pública N° 109, convocada por resolución 669/2025, fue realizada de forma virtual, con transmisión abierta por YouTube y la participación de 35 inscriptos, de los cuales 19 hicieron uso de la palabra. Entre los oradores hubo representantes de asociaciones de consumidores, empresas, sindicatos y usuarios particulares.
Qué analizó el Enargas
Según detalla la resolución, el ente regulador revisó informes técnicos, económicos y legales elaborados por sus distintas áreas -Despacho de Gas, Control Económico Regulatorio, Protección del Usuario y Asuntos Legales, entre otras-, para verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en las Reglas Básicas de las Licencias de Distribución.
Cada empresa debía demostrar que había cumplido en lo sustancial con sus obligaciones contractuales y regulatorias, incluyendo la corrección de eventuales deficiencias detectadas por el organismo.
Las licencias de distribución actuales, otorgadas en la década de los ’90, tienen una duración inicial de 35 años y habilitan una única prórroga por 20 años adicionales, siempre que las distribuidoras superen la evaluación técnica del Enargas.
Polémica por la modalidad virtual
Durante la audiencia, algunos representantes de asociaciones de usuarios -entre ellos Pedro Bussetti (DEUCO) y Claudio Boada (Unión de Usuarios y Consumidores)- cuestionaron la modalidad virtual del encuentro y pidieron que se adoptara un formato “mixto”, híbrido o presencial para facilitar la participación.
El organismo respondió que la legislación vigente no impone una modalidad única para las audiencias públicas y que las formas virtuales son válidas, razonables y alineadas con estándares internacionales. "En el transcurso de la Audiencia Pública N° 109 ciertos oradores hicieron manifestaciones, observaciones y/o cuestionamientos relacionados con el procedimiento y la validez de aquella, lo que se adelanta desde ya que, los supuestos agravios no pasan de ser una mera discrepancia que no logra conmover la validez previamente descripta", indicó el texto oficial.
La resolución cita incluso la práctica de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que utiliza audiencias virtuales para ampliar la participación ciudadana. “La modalidad virtual no sólo no interfiere con la participación ciudadana, sino que, por el contrario, la promueve”, sostiene el texto oficial, al destacar que cualquier interesado pudo seguir el evento en vivo desde cualquier punto del país.
Cumplimiento normativo y transparencia
El Enargas enfatizó que la audiencia fue debidamente publicada en el Boletín Oficial los días 12 y 15 de septiembre, y en dos diarios de amplia circulación nacional, en cumplimiento de la Resolución ENARGAS I-4089/16 y del Decreto 1172/03, que regulan los mecanismos de participación ciudadana.
También se precisó que la transmisión por streaming garantizó “acceso irrestricto a la información y a las exposiciones en tiempo real”, cumpliendo así con los principios de publicidad y transparencia exigidos por la Constitución Nacional y los fallos de la Corte Suprema de Justicia, especialmente en la causa “CEPIS vs. Ministerio de Energía” (Fallos 339:1077), que fijó doctrina sobre audiencias públicas en servicios públicos esenciales.
Próximos pasos
La resolución firmada por Casares cierra la etapa de validación formal del proceso participativo. En los próximos meses, el Enargas deberá emitir los actos administrativos correspondientes -tal como lo prevé el artículo 24 de la resolución 4089/16- y elevar su propuesta a la Secretaría de Energía, que actúa como autoridad concedente para decidir la prórroga de las concesiones.
El texto también recuerda que, tras la reciente creación del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (Decreto 452/2025), el Enargas mantiene todas sus competencias y estructura vigente hasta que se concrete la integración plena del nuevo organismo regulador unificado.


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