27 de octubre 2026 - 08:32

Zona fría: Energía fijó descuentos de 50% y 20% sobre el precio del gas y un padrón de beneficiarios

La Resolución 299/2026 establece los requisitos, los montos y el armado de un listado de hogares para aplicar el nuevo régimen, que mantiene el beneficio para la Patagonia, Malargüe y la Puna y suma una bonificación para usuarios focalizados.

La Secretaría de Energía reglamentó las bonificaciones para usuarios de la Patagonia, Malargüe y la Puna, y fijó un descuento adicional para hogares de zonas frías que cumplan los requisitos del régimen de subsidios focalizados.

La Secretaría de Energía reglamentó las bonificaciones para usuarios de la Patagonia, Malargüe y la Puna, y fijó un descuento adicional para hogares de zonas frías que cumplan los requisitos del régimen de subsidios focalizados.

Imagen: Freepik

La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía definió cómo se aplicarán las bonificaciones del nuevo Régimen de Zona Fría, luego de los cambios que introdujo la Ley 27.828, publicada el 13 de octubre, y de su reglamentación mediante el Decreto 1266/2026. La medida se oficializó este martes en el Boletín Oficial a través de la Resolución 299/2026.

El esquema fija una bonificación de 50% sobre el precio del gas para las zonas incluidas en el régimen específico y otra de 20% sobre los consumos base para los usuarios focalizados que cumplan los requisitos. Se mantiene así el beneficio para la Región Patagónica, el departamento mendocino de Malargüe y la Puna, y se incorpora una asistencia adicional para hogares comprendidos en el Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF).

El descuento de 50% alcanzará a los usuarios residenciales de gas natural por redes y de gas propano indiluido por redes de esas regiones, y también a los usuarios del Servicio General P de las localidades abastecidas con propano indiluido por redes dentro de esas áreas. Las distribuidoras y subdistribuidoras deberán reflejar el beneficio en las facturas y presentar al Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE), con carácter de declaración jurada, la información sobre consumos y bonificaciones otorgadas. Ese organismo fijará los procedimientos, plazos y mecanismos de control. La resolución aclara que el descuento se aplica sobre el precio del gas natural o del propano indiluido por redes, por lo que no equivale a una rebaja de 50% sobre el total de la factura, que incluye cargos de transporte, distribución, impuestos y tasas.

Por otro lado, la norma crea una Bonificación Adicional por Zona Fría para usuarios residenciales alcanzados por el SEF, que será complementaria de la asistencia que cada hogar ya recibe en ese sistema. Equivale al 20% del Precio Anual Uniforme del gas natural, conocido como PAU, y del precio del propano indiluido por redes, y se limitará a los consumos base definidos por la normativa vigente del SEF.

Para acceder, los usuarios deberán cumplir de manera simultánea cuatro condiciones: estar inscriptos en el SEF; tener el suministro en las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI, definidas por la Norma IRAM 11.603/12; no estar comprendidos en las áreas que reciben la bonificación territorial de 50%; y cumplir al menos uno de los criterios previstos en el inciso b) del artículo 75 de la Ley 25.565, modificado por la Ley 27.828. La resolución no incluye una nómina de localidades ni un padrón definitivo de hogares beneficiarios, y la identificación de los usuarios alcanzados dependerá de la información que releve y procese la administración energética.

También podrán recibir la bonificación adicional las entidades de bien público, los clubes de barrio y de pueblo y otras categorías de usuarios sin fines de lucro asimilables. En esos casos, el descuento se aplicará sobre la totalidad del volumen consumido, con adecuación a las bases de facturación y a las categorías tarifarias vigentes.

El padrón estará a cargo de la Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética, que tendrá a su cargo la identificación, incorporación, actualización, revisión y exclusión de los hogares. Para eso utilizará los datos del Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF) y los cruzará con la ubicación de cada suministro y las subzonas bioambientales. El intercambio de información deberá respetar las normas de protección de datos personales.

El listado se enviará al ENReGE, que luego lo comunicará a las distribuidoras y subdistribuidoras, y esas empresas aplicarán el descuento adicional a los usuarios incluidos en el padrón oficial. La subsecretaría también podrá establecer formularios, circuitos y procedimientos operativos para implementar la medida, dentro de las facultades delegadas por la Secretaría de Energía.

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