ARCA ya puso números sobre la mesa para el arranque de 2026: a partir de enero, el monotributo actualizará los valores mensuales y los topes de facturación por categoría, un cambio que impacta de lleno en trabajadores independientes, profesionales y pequeños contribuyentes de todo el país.
ARCA adelantó cómo será el monotributo en enero 2026
El organismo dispuso quiénes pueden mantenerse dentro del régimen simplificado y quiénes deben migrar al régimen general.
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Las recomendaciones claves de ARCA antes de la recategorización del monotributo 2026
Si no hubo modificaciones en los valores vigentes, no es necesario hacer el trámite.
El monotributo concentra en un único pago mensual el impuesto integrado, los aportes previsionales y la cobertura de obra social. Por eso, cualquier modificación en los montos o en los límites de facturación tiene un efecto directo sobre el ingreso disponible de los contribuyentes y sobre la planificación financiera del año.
Monotributo 2026: hasta cuánto se podrá facturar por categoría
Para 2026, los máximos informados quedan así:
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A $8.992.597,87
B $13.175.201,52
C $18.473.166,15
D $22.934.610,05
E $26.977.793,60
F $33.809.379,57
G $40.431.835,35
H $61.344.853,64
I $68.664.410,05
J $78.632.948,76
K $94.805.682,90.
Exceder el límite de una categoría implica la obligación de recategorizarse y, en algunos casos, de abandonar el monotributo para pasar al régimen general. El importe a pagar cada mes varía según la categoría y, a partir de la C, también según el tipo de actividad.
Con los valores que regirán desde enero de 2026, queda así:
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A $37.085,74
B $42.216,41
C $49.435,58 (servicios) / $48.320,22 (comercio)
D $63.357,80 / $61.824,18
E $89.714,31 / $81.070,26
F $112.906,59 / $97.291,54
G $172.457,38 / $118.920,05
H $391.400,62 / $238.038,48
I $721.650,46 / $355.672,64
J $874.069,29 / $434.895,92
K $1.208.890,60 / $525.732,01.
El pago en término evita intereses y trabas en constancias y facturación.
Cuándo serán las recategorizaciones del monotributo en 2026
El calendario oficial fija dos períodos: febrero y agosto; con plazo hasta el día 5 de cada mes. Si no hubo modificaciones, no es necesario hacer el trámite; pero si los números quedaron fuera de la categoría vigente, es fundamental regularizar la situación a tiempo.
Qué se tiene en cuenta:
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Facturación acumulada de los últimos 12 meses
Monto de alquileres devengados
Superficie afectada a la actividad
Consumo de energía eléctrica
Para evitar problemas y empezar 2026 con mayor previsibilidad el organismo recomienda:
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Conocer el tope anual de la categoría
Llevar un control mensual de la facturación
Revisar periódicamente los demás parámetros del régimen
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