22 de noviembre 2006 - 00:00
El Estado bonaerense deberá pagar $ 91.000 a la madre de un preso asesinado
-
Reintegros ANSES para jubilados: cómo ahorrar hasta $18.000 mensuales en tus compras
-
¿Vuelve el agua al AMBA?: alerta meteorológica por lluvias y vientos en siete provincias
Emilse Robertt (madre de Riveros) contra la provincia de Buenos Aires", a la que condenó a resarcir a la mujer con la suma de 91.000 pesos.
Agrega el escrito que "como consecuencia de ello el Estado tiene un deber a cumplir con solicitud y diligencia: cuidar, mantener y tutelar la vida en las cárceles".
"Si no son para atormentar ni para mortificar, sino para seguridad de la sociedad y para reeducación y reinserción social de los reclusos, el Estado ha de velar celosamente para que esa vida en las cárceles responda a los cánones personalistas y humanitarios de la democracia", expresa el fallo.
El abogado de la victima fundó la responsabilidad de la Provincia de Buenos Aires en el artículo 1112 del Código Civil y en el 18 de la Constitución Nacional.
El letrado expresó, además, que "el Estado está obligado a responder por la sola circunstancia de que la muerte de un interno se produce como consecuencia del funcionamiento defectuoso, inadecuado o irregular del servicio de seguridad y preservación de la vida de los internos".
Barbieri sostuvo además que hubo una falta de servicio por parte del Estado provincial, ya que el personal penitenciario "omitió controlar las pertenencias de los internos o por lo menos lo ha hecho en forma deficiente, dado que la posesión de una 'faca' de 50 centímetros con aptitud para producir la muerte de un interno no puede pasar desapercibida", y menos "en un pabellón de máxima seguridad", añadió.
Barbieri dijo que "lo importante de este fallo es que es dictado por un juez en lo Contencioso Administrativo que tiene otras pautas para condenar al Estado. Antes, cualquier juez civil, ante reclamos que le parecían razonables, condenaba al Estado pero después la Suprema Corte terminaba rechazando la demanda".
Explicó que el fuero Contencioso Administrativo "fue creado hace cuatro años y está compuesto por magistrados especializados cuyos presupuestos de admisibilidad de la demanda son mucho más restringidos".
Señaló que este fallo "toma los presupuestos de la Corte Suprema de la Nación que dice que es factible condenar al Estado cuando hay una obligación legal que cumplir, en este caso cuidar a los presos; cuando ello es materialmente es posible, y en este caso lo era; y cuando hubo una omisión deliberada de estas normas".
Por otra parte destacó que este fallo sale a la luz "en una semana en la que una Cámara marplatense ordenó que todos los presos alojados en comisarías locales (unos 100 detenidos, según fuentes policiales) sean trasladados a la Unidad Penal XV de Batán".
También destacó, en relación al caso, que "ayer El Comité Contra la Tortura de la Comisión Provincial por la Memoria presentó un informe en el que asegura que la cantidad de presos en comisarías y penales bonaerenses se incrementó en los últimos cinco años en más del 60 por ciento, lo que origina que persista el hacinamiento, los malos tratos y la deficiente atención sanitaria".




Dejá tu comentario