El Ministerio de Economía oficializó este viernes la ampliación y prórroga del estado de emergencia y/o desastre agropecuario en múltiples partidos de la provincia de Buenos Aires afectados por inundaciones. La decisión quedó plasmada en la Resolución 216/2026, publicada en el Boletín Oficial, y se adopta en el marco de la Ley 26.509.
El Ministerio de Economía amplía y prorroga la emergencia agropecuaria en Buenos Aires por inundaciones
A través de la Resolución 216/2026, el Ministerio de Economía declaró y extendió el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en distintos partidos bonaerenses. La medida se encuadra en la Ley 26.509 y fija como fechas de finalización del ciclo productivo el 28 de febrero o el 30 de abril de 2026, según la zona.
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Economía prorrogó la emergencia agropecuaria.
La medida responde a los decretos provinciales dictados entre diciembre de 2025 y enero de 2026, que fueron analizados el 21 de enero por la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios, organismo que recomendó avanzar con las declaraciones y prórrogas en los términos propuestos por el gobierno bonaerense.
Qué establece la resolución
En primer lugar, la resolución da por prorrogada hasta el 28 de febrero de 2026 la emergencia y/o desastre agropecuario previamente declarada para circunscripciones de los partidos de Roque Pérez, Coronel Suárez y Guaminí.
Además, se declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario desde el 1 de septiembre de 2025 y hasta el 28 de febrero de 2026 para explotaciones afectadas por inundación en circunscripciones de Pehuajó, Junín, Tapalqué, Rauch y Maipú.
Por otra parte, se establece el mismo estado desde el 1 de noviembre de 2025 y hasta el 30 de abril de 2026 para áreas de los partidos de General Guido, Daireaux, Carlos Tejedor y Dolores.
La norma también prorroga hasta el 30 de abril de 2026 la emergencia previamente dispuesta en circunscripciones de Hipólito Yrigoyen, General Viamonte, Junín, Roque Pérez, Monte, General Alvear, Las Flores y Chacabuco.
El texto fija como fecha de finalización del ciclo productivo el 28 de febrero de 2026 para las áreas comprendidas en los artículos 1° y 2°, y el 30 de abril de 2026 para las alcanzadas por los artículos 3° y 4°, conforme a lo previsto en el decreto reglamentario 1712/2009.
Cómo acceder a los beneficios del Ministerio de Economía
Para acceder a los beneficios previstos en la Ley 26.509, los productores deberán presentar un certificado emitido por la autoridad provincial competente que acredite que sus explotaciones están comprendidas en la emergencia. El Gobierno bonaerense deberá remitir el listado de afectados a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional.
Asimismo, las instituciones bancarias nacionales -oficiales o mixtas- y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) deberán instrumentar los mecanismos necesarios para que los productores alcanzados puedan acceder a los beneficios contemplados en los artículos 22 y 23 de la ley.
La resolución, que lleva la firma del ministro Luis Caputo, instruye además a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía a celebrar los convenios y actos necesarios para la ejecución de la medida. La norma y rige desde su publicación en el Boletín Oficial.




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